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La Constitución en el Pleno del Congreso

El presidente del Gobierno habrá de obtener la confianza del Congreso antes de ser nombrado por el Rey

El sistema para el nombramiento del presidente del Gobierno -previa consulta del Rey con los representantes de los grupos parlamentarios y obtención de la confianza del Congreso por parte del candidato- quedó aprobado ayer por el Pleno del Congreso, tras el rechazo de una enmienda de Heribert Barrera, partidario de no implicar al Rey en las luchas políticas. Asimismo se aprobó la regulación de la moción de censura constructiva, consistente en que los proponentes sugieran un candidato a la presidencia del Gobierno, a pesar de la oposición comunista en este punto.En el debate del artículo 93, el señor Barrera defendió su última enmienda al proyecto de Constitución, contraria a la configuración de la Monarquía como absoluta y con un poder personal similar al ejercido durante los dos últimos siglos. Señaló que en la Constitución sueca el rey queda al margen del nombramiento del presidente del Gobierno y rechazó los peligros de implicar al Rey en las luchas políticas si se mantiene el texto del proyecto, peligro para la institución «que no tendría que preocuparme precisamente a mí», dijo.

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En contra de esta enmienda se manifestó, por UCD, Miguel Herrero, quien recordó que sólo Japón y Suecia excluyen el nombramiento regio del presidente del Gobierno, que no es otra cosa que la «tecnificación de la función arbitral del rey normal en las monarquías democráticas». La enmienda del señor Barrera obtuvo ocho votos favorables, 235 en contra y veinte abstenciones.

En el debate sobre el artículo 106, que regula la moción de censura, el comunista Jordi Solé Tura defendió que el centro de gravedad de esta cuestión debe de estar en el Parlamento y no en el ejecutivo. En evitación de que dicha moción quede vaciada de contenido. el señor Solé propuso la eliminación de la inclusión en la propuesta de moción de censura de un candidato para presidente del Gobierno.

Por UCD, José Pedro Pérez Llorca coincidió en el carácter fundamental del precepto y elogió el hallazgo de la doctrina alemana -el texto del proyecto es reproducción casi exacta de la Constitución de la República Federal de Alemarna- para lograr que el Gobierno en todo momento concuerde con la mayoría de las Cámaras.

La enmienda comunista fue rechazada con veintiún votos favorables, 166 en contra y 102 abstenciones.

Una nueva enmienda comunista, en esta ocasión al artículo 109, fue defendida por Simón Sánchez Montero, quien solicitó la supresión de los estados de alarma, por estimar que no, son necesarios tantos estados especiales, teniendo en cuenta la existencia de los de excepción y sitio.

La enmienda del señor Sánchez Montero fue rechazada con 33 votos favorables, 246 en contra y tres abstenciones.

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