Parece retrasarse la discusión del proyecto de ley antiterrorista
Once días después de haber sido nombrada la ponencia encargada de informar el proyecto de ley presentado por el Gobierno sobre medidas relacionadas con los delitos cometidos por grupos o bandas armadas (medidas contra el terrorismo) sigue sin ser convocada la Comisión de Justicia del Congreso de Diputados, que ha de dictaminar dicho proyecto.
«Da la impresión de que se retrasa el dictamen de este proyecto de ley», ha manifestado a EL PAÍS un diputado miembro de la citada Comisión de Justicia. Esta impresión toma fuerza sí se recuerdan los propósitos anunciados por representantes de los partidos políticos el pasado día 29 de junio, fecha en que fue designada la ponencia que había de informar el proyecto de ley antiterrorista, de dictaminar en breve plazo dicho proyecto con el fin de que el decreto ley antiterrorista que acababa de promulgar el Gobierno, precisamente en sustitución del proyecto de ley pendiente en las Cortes, estuviese vigente durante el menor tiempo posible. La Comisión de Justicia del Congreso de Diputados ha sido convocada para el próximo jueves, pero en el orden del día sólo figura la designación de los miembros que han de formar parte de la comisión mixta Congreso-Senado que ha de proponer un texto definitivo del proyecto de ley de asistencia letrada al detenido. Sin embargo, parece ser que hoy podría ser firmado el informe elaborado por la ponencia de la Comisión de Justicia sobre el proyecto de ley antiterrorista, que en principio debe tramitarse por el procedimiento de urgencia.Al parecer, la principal diferencia entre el proyecto de ley y el informe de la ponencia estriba en -el artículo sexto, que señala que ni los indultos generales, cuando los hubiere, ni los particulares podrán alcanzar a los condenados por los delitos a que hace referencia el proyecto. La ponencia se pronuncia a favor de la supresión de este artículo, por entender que una ley no puede limitar un derecho del Rey, consagrado en la Constitución, como es el de la concesión de medidas de gracia. Sin embargo, el contenido de este artículo sexto, que la ponencia considera anticonstitucional, está vigente actualmente, pues está recogido en el decreto ley antiterrorista que entró en vigor el día primero de julio.
Dentro de la actividad de las comisiones del Congreso, hoy, martes, se reúne la de Interior, y el próximo viernes se reúne la de Presidencia.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Reales Decretos Leyes
- Decretos
- Ley Antiterrorista
- Tramitación parlamentaria
- Cortes Constituyentes
- Política justicia
- Orden público
- Comisiones parlamentarias
- Congreso Diputados
- Política antiterrorista
- Actividad legislativa
- Seguridad ciudadana
- Legislación española
- Parlamento
- Lucha antiterrorista
- Normativa jurídica
- España
- Legislación
- Terrorismo
- Política
- Justicia