La reforma de la Constitución será más flexible
La Comisión Constitucional concluyó ayer el estudio del articulado de la Constitución, mediante a aprobación del título décimo, que regula la reforma constitucional. Los textos aprobados, fruto del consenso, fueron el resultado de las enmiendas in voce presentadas por los grupos ucedista, socialista y comunista. En general, la reforma de la Constitución ha quedado regulada de modo más flexible que en el anteproyecto, pero sujeta en todo caso a la iniciativa parlamentaria, contra la opinión de Alianza Popular, favorable a la iniciativa popular.
El primero de los artículos aprobados -el 159-, en virtud de una enmienda de UCD, remite la iniciativa de la reforma constitucional a lo establecido en el artículo 80, que regula la iniciativa que corresponde al Gobierno y al Parlamento.En el artículo 160 se aprobaron dos enmiendas socialistas que introducen modificaciones técnicas en la regulación de la aprobación de los proyectos de reforma constitucional por las Cámaras.
Mayor oposición suscitó otra enmienda socialista por la que se establece que la reforma aprobada por las Cortes Generales será sometida a referéndum para su ratificación «cuando así lo solicite, dentro de los quince días siguientes su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras». Por Alianza Popular, Manuel Fraga consideró que, con este texto, se daba un paso hacia atrás en contra de la iniciativa popular para la reforma constitucional. El texto socialista fue aprobado con los únicos dos votos en contra de AP.
A propuesta de UCD fue aprobada seguidamente una enmienda por la que se suprimieron vanos apartados del artículo 160 y se añadió un nuevo artículo, el 160 bis -también con los dos votos en contra de AP-, en el que se establece que la revisión total de la Constitución o la revisión parcial que afecte a determinados títulos requerirá el asentimiento de dos tercios de cada Cámara y llevará consigo la disolución inmediata de las Cortes.
El señor Fraga se manifestó a favor de la irreformabilidad de algunos temas especialmente importantes y declaró que la excesiva flexibilidad hace perder la credibilidad en la Constitución, sobre todo en países latinos como el nuestro.
En nombre de UCD, Gabriel Cisneros explicó que la reforma constitucional había quedado regulada técnicamente mejor que en el voto particular del señor Fraga.
En relación con el artículo 161 fue rechazada una enmienda de Alianza Popular (concretamente, de Antonio Carro), por la que se pretendía establecer que «la unidad política de España y su integridad territorial son inmodificables». El socialista Gregorio Peces- Barba y el comunista Jordi Solé estimaron innecesaria esta cautela.
El artículo 161 fue aprobado, con los dos votos en contra de AP, según una enmienda comunista, por la cual «no procede iniciar la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 108» (alarma, excepción y sitio).
Terminada la discusión del articulado de la Constitución, se inició un debate sobre el posible preámbulo de la misma, que finalmente no fue sometido a votación.
El socialista Enrique Tierno glosó los términos de la enmienda formulada por él y por Raúl Morodo y según la cual la Constitución debería ir precedida por un texto en el que se estableciera que el pueblo español, tras un largo período sin régimen constitucional, de negación de las libertades públicas y de desconocimiento de los derechos de las nacionalidades y regiones que configuran la unidad de España, proclamaba la voluntad de garantizar la convivencia democrática, consolidar un Estado de derecho, proteger a todos los ciudadanos y pueblos de España, establecer una sociedad democrática avanzada y colaborar en el establecimiento de relaciones pacíficas con todos los pueblos.
En contra de esta enmienda se expresó el señor Fraga, quien anunció que propondría un preámbulo breve, sucinto, no conflictivo y que no entrara en la filosofía que no puede ser común a todos los grupos.
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