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Debate constitucional

Todos los grupos, a favor del sistema proporcional excepto UCD y AP

El debate sobre el artículo 63 del anteproyecto de Constitución, y en especial sobre la constitucionalización o no de la proporcionalidad de los escaños respecto a la población no fue resuelto por los votos. A petición del socialista de Cataluña Eduardo Martín Toval, el tema quedó pospuesto. Sin embargo, la discusión resultó clarificadora, por cuanto detrás de cada intervención subyacía una concepción de la representación parlamentaria, en consonancia en unas ocasiones con planteamientos ideológicos generales y en otras con intereses concretos de partido. Resumimos e debate.Eduardo Martín Toval (Socialista de Cataluña). Nuestra enmienda pretende que los diputados representen «al pueblo español en si conjunto» y que se elijan «con arreglo a un sistema de representación proporcional», que es el constitucionalizado en mucha, monarquías parlamentarias, tales como las de Holanda, Luxemburgo, Suecia.

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Texto de los artículos aprobados

En cuanto a la distribución de los escaños del Congreso, nuestra posición es de Estado, no de partido. En todo caso, debe asegurarse a través de la distribución en proporción a la población que el voto será efectivamente igual para la elección de un diputado de Soria que para uno de Barcelona.

Manuel Fraga (AP). Mi grupo es partidario del texto de la ponencia, con los perfeccionamientos que se le introduzcan, pero sin salirse de su espíritu. La representación debe ajustarse a la delegación y a la identidad, ninguna de las cuales pueden ser perfectas. La representación debe buscar la justicia, pero también la congruencia sociológica. Los números puros y simples no bastan. La existencia de valles, islas, territorios menos poblados debe corregir la pura proporcionalidad aritmética. Pero al margen de esto, de lo que se trata es de no tener que cambiar constantemente de sistema electoral. Para ello no debe constitucionalizarse el sistema electoral. La posición de Alianza popular -favorable, por patriotismo, al sistema mayoritario, que no nos beneficia- es que se establezca través de una ley orgánica y que la constitución no opte por el sistema mayoritario ni por el proporcional. Por otra parte, sería interesante que los grupos dejaran de tratar a la monarquía parlamentaria como un nasciturus...

Enrique Tierno (Grupo Mixto). No contamos en España con una referencia histórica a la que acudir en materia electoral, a diferencia de lo que les ocurre a los británicos. La pura racionalidad iría en contra de la confianza. Es lógico que quienes confian en las villas y zonas rurales estén temerosos del criterio aritmético y rígido de proporcionalidad, como lo es que aboguen por ella quienes tienen mayor audiencia en las zonas industriales, más proletarias. Yo creo que no deberíamos estancarnos en esto, sino llegar a una solución. Propongo que a la representación proporcional, que mantengo, se añada: «Acorde con la población y la estructura social de la nación.»

Oscar Alzaga (UCD). No existe consenso doctrinal respecto a los sistemas electorales. En todo caso, no creemos que deba introducirse en la Constitución que, como decía Ortega, debe ser todo piel y huesos, sin tejido adiposo. La Constitución debe recoger lo indiscutible. El sistema de representación proporcional no ha estado prácticamente en vigor nunca en nuestro país, excepto el 15 de junio último, y de ella carecen democracias acreditadas como la de la República Federal de Alemania, Francia, Grecia, Bélgica.

Luis Fajardo (PSOE). El sistema de representación proporcional facilita la democracia. Por eso, queremos constitucionalizar este sistema, frente a la posición de UCD y AP. Pero estaríamos dispuestos a abandonar esta pretensión si se constitucionalizar el criterio representativo de la población. La nueva democracia española no debe burlar la representación proporcional de la población, si queremos una democracia sólida, en la que estén representados los ciudadanos y no las catedrales ni los terrenos. ¿Por qué existe miedo a aceptar este principio? La derecha quiere una ley injusta, que no se corresponda con la población.

José Pedro Pérez Llorca (UCD). Nuestro grupo mantuvo siempre la postura política que hoy defiende en la Comisión. Se ha pretendido que consagremos un sistema de representación proporcional con correctivos territoriales, que favorece a los dos grandes partidos. De aceptarlo, haríamos una Constitución bipartidista, en contra de los demás grupos. Pero nosotros entendemos que no deben constitucionalizarse las posiciones de partido. Y ésa es la actitud de las máximas instancias de nuestro partido.

Jordi Solé (comunista). Nuestra enmienda, como las presentadas hasta ahora, defiende un sistema de representación proporcional, no por intereses de partido, sino del país. De este artículo depende que la Constitución funcione o acabe convirtiéndose en un trozo de papel. Quienes no quieren introducir un criterio proporcional es únicamente porque piensan que el sistema tiene que ser mayoritario. Así lo ha dicho el señor Fraga. ¿Vamos a ir o no a un sistema mayoritario, es decir, a la división del país en dos bloques antagónicos, que sería fatal para la consolidación de la democracia? Hay que tener en cuenta las desigualdades territoriales, pero debe fijarse un criterio que no permita a las mayorías consolidar su situación por intereses partidistas. Además, el criterio proporcional puede meter dentro del sistema democrático a todas las fuerzas políticas del país.

Federico Silva (AP). En temas sustantivos, como la enseñanza y la familia, se ha dejado la regulación para después y ahora, en un tema adjetivo, aunque de importancia política, se quiere establecer criterio en la Constitución. Estamos en contra de ello.

Miguel Roca (Minoría Catalana). Hemos aceptado no constitucionalizar el sistema proporcional, siempre que el término proporción, referido a la distribución de los escaños en relación a la población figure en la Constitución. El Derecho comparado no nos desasiste, a pesar de lo que aquí se ha dicho, y ahí están las Constituciones de Dinamarca, Suecia, Luxemburgo, Holanda e Italia.

José Luis Meilán (UCD). Los ejemplos de Derecho comparado son ambivalentes. Yo he defendido el sistema proporcional, pero aquí estamos haciendo una Constitución y es preferible que no aparezcan en ella temas que nos enfrenten.

Francisco Letamendía (Euskadiko Ezkerra). El sistema no proporcional hizo naufragar en las últimas elecciones a grupos pequeños, pero que, juntos, son grandes. Aunque la prensa y la derecha me hagan objeto de chistes, no me importa defender a las minorías marginadas, tales como homosexuales, prostitutas, ecologistas.

Marcos Vizcaya (PNV). Propongo que se añada al precepto que los diputados del Congreso serán distri buidos mediante una ley orgánica, en proporción directa a la población, no siendo su número superior a cuatrocientos ni inferior a 350. Me asombra la pobreza argumental con que se han defendido las tesis contrarias a la constitucionalización de la distribución de los escaños en proporción a la población. Por mi parte, no me fío de las promesas en leyes futuras. UCD se está revistiendo de hermosa palabrería para tener las manos libres para que el voto de un soriano valga diez veces más que el de un elector de Madrid o Barcelona.

José María Martín Oviedo (UCD). Debemos buscar el interés del país, no de partido. UCD defiende un texto que no constitucionalice el sistema electoral ni la distribución de los escaños, y no se pronuncia por ningún sistema. Tengo que insistir que el sistema proporcional llevó a un bipartidismo, aunque imperfecto. No debernos constitucionalizar un sistema supuestamente favorable a las derechas -el mayoritario- ni un sistema supuestamente beneficioso para las izquierdas -proporcional-, sino hacer una Constitución válida para un mañana que deseamos muy largo.

Jordi Solé. En cualquier caso, debe de aparecer claramente en la Constitución que la distribución de los diputados será proporcional a la poblacion con todas las matizaciones que se quiera añadir.

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