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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La soledad del farero

Soy funcionario del Cuerpo Técnico Mecánico de Señales Marítimas -antiguos Torreros de Faros-, dependiente del Ministerio de Obras Públicas. Actualmente estoy destinado al faro de Estaca de Bares, en la provincia de La Coruña, clasificado como alejado de segunda, cuyas instalaciones de ayuda a la navegación comprenden las de faro, radiofaro y sirena, y cuyo régimen de atención es permanente a lo largo de las veinticuatro horas del día, tanto de noche, como en días de domingo o festivos. Este servicio se atiende por tres técnicos en turnos alternativos, totalizando 56 horas semanales, y al mismo ha de agregarse el correspondiente al balizamiento del puerto del Barquero e isla Colleira. Todo ello supone exceder con mucho de la jornada de trabajo legalmente establecida para los funcionarios que, por decreto 2.764/1967, de 27 de noviembre, es de 42 horas semanales.Nuestro primitivo coeficiente era el de 2. 1. que al aplicar la expresada ley -apartado c de las disposiciones finales-, vigente a partir de 1 de enero del presente año, nos da un índice de proporcionalidad de seis, lo que nos sitúa en la zona media del funcionariado en lo que a las citadas retribuciones se refiere.

Como se puede observar por las nóminas que le adjunto, la cantidad líquida percibida en un mes del pasado año era la de 28.893 pesetas desglosadas en los siguientes conceptos: sueldo, 10.953 pesetas; complemento de destino, 1.900pesetas, incentivos, 11.800 pesetas; Jornada prolongada, 8.040 pesetas; descuentos, 3.700 pesetas.

En cambio. lo cobrado en el mes de marzo de este año desciende a 24.527 pesetas, con una disminución real de aproximadamente el 20%. ¿Qué como es eso? iElemental!: se subió el sueldo a 20.400 pesetas, y el complemento de destino a 2.166 pesetas, disminuyéndose los incentivos a 4.541 pesetas, y eliminándose la jornada prolongada (no así el horario y condiciones de trabajo, que continúa en las mismas circunstancias).

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Total: después de la ley, de los pactos, de las sesudas reuniones de la Junta Central de Retribuciones, percibo 4.366 pesetas menos que el pasado año. ¡Y eso que dicen que la vida subió el 27 %!

De este sueldo de funcionario medio -que me gustaría comparar con los de empresas paraestatales y sus aumentos de este año, deficitarias en miles de millones- he de descontar los gastos producidos por razones del alejamiento de destino, como son la compra de un vehículo -para adquirir la comida he de recorrer catorce kilómetros, para ir al médico catorce, veinticuatro o 109 kilómetros (según se trate de cabecera o especialistas), etcétera- y el coste de un internado o pensión para mis hijos -si es que quiero que tengan derecho a la educación, y dado que en los faros no suele haber institutos ni universidades-. A pesar de lo que dice la ley en su artículo 19. apartado 2.º. « ... percibirá las indemnizaciones que por razones de servicio pudieran corresponderle» (sic). ,

Quedan a su total disposición cuantos comprobantes se precisen -como resguardos de transferencias de nóminas- que, además de las adjuntadas, sirvan para confirmar la veracidad de cuanto expongo. Atentamente.

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