Que se desgraven los gastos de enseñanza
«Las subvenciones estatales a los colegios privados, que nos parece recordar que ascienden a miles de millones, se traducen, a la postre en una ayuda pírrica.Hay quien después de abonar esos diez o 12.000 duros por hijo para poder llevarlo al colegio, recibe una atenta carta en la que el director de la escuela le comunica que tiene a su disposición 3.000 pesetas, importe de la subvención estatal por el curso pasado. Parece sardónico y, desde luego, innecesario, porque si uno abona tal cantidad, puede pasarse sin ese subsidio simbólico que podría otorgarse, con mayor justicia, a otros centros docentes más modestos.
Otro tanto ocurre con las guarderías.
Como en España la opción para escoger una u otra escuela -privada o pública-, para escoger una u otra guardería es prácticamente inexistente, convendría, por lo menos, considerar la posibilidad de que tales gastos sean desgravados del impuesto de rendimiento de trabajo personal o de la renta de las personas físicas.
Y al abogar por esta cuestión no nos inclinamos por ninguna clase especial, sino por la totalidad de los españoles, que a partir de 1979 se verán íncursos, desde los más modestos sueldos, en el gravamen por la renta, que sustituirá incluso al impuesto sobre rendimiento del trabajo personal.
La larga incapacidad de nuestros gobernantes por resolver estos problemas docentes -que deberían figurar en primer lugar- no les autoriza, en modo alguno, a gravarlos cuando de tributar se trata. »
22 marzo
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