El Juzgado de Instrucción falla a favor de la familia que ocupó un piso en La Ventilla
Marcelino Castillo, ocupante de una vivienda vacía del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo por el sistema de patada a la puerta, ha sido declarado inocente por el Juzgado de Instrucción número 16, mientras que el presidente de la asociación de vecinos del barrio, José Carlos Alía, ha sido condenado a un mes y un día de arresto mayor, 10.000 pesetas de multa y a pagar la mitad de las costas procesales.
Francisca Sauquillo e Ignacio Luzárraga, abogados de los dos procesados, anunciaron ayer, en una rueda informativa, su intención de apelar la sentencia en base a que «es una incongruencia que se exima de responsabilidad al vecino ocupante mientras que se considere culpable al presidente de la asociación. La decisión de ocupar las viviendas fue tomada por todos los vecinos en asamblea, y nosotros hemos presentado prueba de ello. No se puede responsabilizar a una sola persona».En la misma rueda de prensa, José Carlos Alía manifestó que consideraba injusta la sentencia, y añadió que el tema se había convertido en «un asunto político en el que nos estamos jugando mucho todos nosotros. El juez me ha tratado como a un dictador neurótico. Responsabilizarme a mí solamente de la ocupación demuestra no haber entendido nada del auténtico problema que se juzgaba».
En cuanto a la reacción producida en el barrio tras conocerse la sentencia, tanto los abogados defensores, presentes en la rueda, como un reducido grupo de vecinos que los acompañaban aseguraron que la indignación era general y que como prueba se habían colocado diferentes pancartas por las calles
José Carlos Alía informó de que en una pequeña reunión mantenida entre los miembros de la asociación habían acordado amortizar entre todos el importe de la multa.
El juicio contra los señores Castillo y Alía se celebró el pasado viernes en el Juzgado de Instrucción número 16, y obedecía a una denuncia de una sobrina de la adjudicataria inicial María del Rosario Cantero, quien había fallecido en marzo de 1977 encontrándose internada en un centro de beneficencia. La acusación era de allanamiento de morada. La defensa mantuvo que la ocupación había sido hecha por todos los vecinos del barrio, decidida previamente en asamblea, en base a las circunstancias económicas y sociales de la familia de Marcelino Castillo, y como prueba de esto presentó un escrito en el que se recogían 182 firmas de personas que se consideraban corresponsables de la ocupación.
Las razones en las que se ha basado el juez para eximir de culpa al señor Castillo, recogidas en la sentencia, se basan en el estado de necesidad del señor Castillo, su mujer y sus seis hijos, y que no se ha podido demostrar que él apalancara personalmente la puerta y forzara así la vivienda.
En el caso del señor Alía, el juez ha considerado que no existen atenuantes que le eximan de culpa.
La sentencia señala, finalmente, que el piso debe volver a su propietario, el Ministerio, y que éste lo adjudique de nuevo a quien considere apropiado.
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