Atrasos en cobrar atrasos
Con motivo de un cambio de dedicación en nuestro contrato de profesores ayudantes de la Universidad Complutense, la sección de personal del Rectorado de dicha Universidad nos informó, el 20-1-78, de nuestro derecho a percibir, en concepto de atrasos, la diferencia existente entre los complementos de ambas dedicaciones.Pero luego nos,informaron de que estos atrasos habían pasado a «ejercicios cerrados» y que se abonarían, sí, pero para que nos hiciésemos una idea del plazo de espera, nos indicaron que en estas fechas se estaban abonando atrasos correspondientes a ¡1975!.
A pesar de que la cantidad adeudada es pequeña, se nos ocurre pensar que a dos o tres años vista, y con la tasa actual de depreciación de la moneda, cuando este dinero llegue a nuestras manos, su poder adquisitivo será poco menos de la mitad que ahora.
En consecuencia, puede pensarse que existe un capital «flotante» formado por nuestros atrasos y otros muchos de distinta procedencia.
En consecuencia, se nos ocurre preguntar:
- ¿Qué se hace con nuestro dinero?
- Si este dinero se negocia, ¿a quién corresponden los beneficios?
- Ya que participamos en el capital ¿por qué no se nos abonan los intereses y la participación en los beneficios?
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