Voto particular del PSOE contra el derecho del Rey a proponer jefe de Gobierno
El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha presentado un nuevo voto particular al anteproyecto de la Constitución, a fin de que el presidente del Gobierno no sea propuesto por el Rey, sino elegido directamente por el Congreso de Diputados. Al mismo tiempo, el Partido Socialista ha retirado otro voto particular por el que se regulaba el derecho de 500.000 ciudadanos a proponer un referéndum.
En la reunión de la Mesa del Congreso de Diputados del pasado día 20 de enero, se estudió y se dio entrada a un escrito de rectificación del grupo parlamentario socialista, según el cual entre los votos particulares al anteproyecto de la Constitución presentados inicialmente se había producido una confusión burocrática. Según el ponente del PSOE Gregorio Peces-Barba, la modificación en la numeración de los artículos provocó que su grupo presentara definitivamente un voto particular que deseaba retirar, mientras que no incluía otro que sí quería defender.De acuerdo con la decisión de la Mesa, el Boletín Oficial de las Cortes publicó ayer el escrito de rectificación por el que se suprime un voto particular al artículo 85 y se introduce otro al artículo 97.
El voto particular suprimido es el relativo al derecho de 500.000 electores a proponer la celebración de un referéndum sobre leyes aprobadas y no sancionadas, decisiones políticas de especial trascendencia y derogación de leyes en vigor.
En cuanto al nuevo voto particular del PSOE al artículo 97, su redacción es idéntica al voto particular presentado en su día por el grupo comunista, excepto que donde los comunistas aludían al Rey, los socialistas lo hacen al Jefe del Estado.
En definitiva, el voto particular pretende que el presidente del Gobierno no sea propuesto por el Rey, como figura en el actual anteproyecto, sino que «sin debate previo alguno, el Congreso de Diputados elegirá al presidente del Gobierno entre los candidatos propuestos por los grupos parlamentarios ». El candidato elegido sería quien reuniese la mayoría absoluta de la Cámara y el Jefe del Estado le nombraría automáticamente. Si ningún candidato obtuviese en tres votaciones en días consecutivos dicha mayoría absoluta -prosigue el voto particular socialista- será elegido el candidato que en la siguiente votación reúna una mayoría relativa.
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