Directores de empresas: "Las elecciones, imprescindibles"
La falta de configuración de un órgano de representación que sustituya a los antiguos jurados centrales de empresa, la decidida intención de restringir al menor número de empresas posibles, la renovación de representantes, las dudas sobre la implantación de las distintas sindicales y los temores de impugnación de convenios son los temas que más preocupan a los empresarios tras la reciente normativa de elecciones sindicales.Varios centenares de ejecutivos de otras tantas empresas se reunieron ayer en el Palacio de Congresos y Exposiciones de Madrid, en una jornada coloquio organizada por el Centro Europeo para la Formación de Directores, para analizar y discutir las elecciones sindicales en la empresa y la masa salarial bruta y sus repercusiones en la negociación colectiva y la Seguridad Social. Tras una exposición de los temas por los señores Vidal Caruana, jefe de la Inspección Central de Trabajo, y Fernández González, inspector técnico de Trabajo, se celebró un amplio coloquio en que se pusieron de manifiesto las inquietudes del empresariado en estas materias. A la clausura de la jornada-coloquio estaba prevista la asistencia del señor Prados Terriente, director general de Trabajo.
La paradójica política del Gobierno
El señor Fernández González, que no descuidó comentarios irónicos a la política sindical del Gobierno en todas sus intervenciones, relató el peculiar desmontaje de la antigua organización sindical y afirmó que el actual decreto ley de elecciones se fundamenta en una nueva interpretación, tras el decreto de creación de la AISS y el relativo a desaparición de la figura de ministro de Relaciones Sindicales, de la declaración 13 del Fuero del Trabajo (ley Orgánica de 1966).Tras muchos meses en que no se han reconocido, incluso en gestiones oficiales, a los enlaces y jurados elegidos por la ley sindical de 1971, el Gobierno («yo prefiero hablar de Gobierno que de Administración») ha cambiado de política y ha decidido revivirlos. La reciente norma de elecciones deja muy claro que sólo deben ser celebradas éstas donde no exista o no funcione la anterior representación de enlaces y jurados. El Gobierno quiere que todo siga igual en la medida de lo posible y nosotros debemos -anadió- interpretar en el sentido más restrictivo el carácter provisional, interno y transitorio. Los empresarios tienen la llave, al ortorgarles la norma electoral su convocatoria, para que las elecciones sindicales no se conviertan en unas nuevas elecciones generales. Elecciones, en definitiva, sólo las imprescindibles; el resto debe esperar a la aprobación de la ley en Cortes.
Las discrepancias, por otra parte, serán dilucidadas por la Delegación de Trabajo, lo que también es una garantía para que no se conviertan -«como quieren dos determinados sindicatos»- en elecciones generalizadas.
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