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Creación del Tribunal de Garantías Constitucionales

Soledad Gallego-Díaz

Con el tema de las autonomías todavía pendiente ayer terminó la primera lectura del borrador de la Constitución que consta, provisionalmente, de 134 artículos. La ponencia constitucional, presidida por Gregorio Peces Barba, socialista, aprobó ayer el procedimiento para la revisión o reforma del texto fundamental y la creación del Tribunal de Garantías Constitucionales.Según Peces-Barba, la segunda lectura se producirá dentro de tres semanas, con lo que el borrador constitucional podrá ser entregado en la presidencia del Congreso a mediados del próximo mes de diciembre y aprobado definitivamente, si se cumplen los plazos, en el mes de abril.

En la sesión de ayer, la ponencia aprobó los artículos 128 a 134. El 128 establece el procedimiento a seguir en caso de que exista desacuerdo entre Congreso y Senado sobre la reforma o modificación constitucional que se proponga. Este procedimiento consiste en la creación de una conferencia conjunta, integrada por miembros de ambas Cámaras en proporciona su número de componentes. Si no existiera acuerdo, la propuesta pasaría de nuevo al Congreso, donde se exigiría una mayoría de dos tercios para su aprobación. Si no se lograra esa mayoría, la reforma quedaría desestimada.

El artículo 129 fija los casos en los que no se podrá practicar ninguna reforma constitucional: cuando se haya declarado el estado de guerra o los de excepción, alarma o sitio.

La creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales se establece en el artículo 130, que fija también el mecanismo de su funcionamiento. Compondrán el tribunal once miembros, todos ellos nombrados por el Rey pero con distinto origen. Dos habrán sido propuestos por el Gobierno, cuatro por el Congreso, tres por el Senado y dos por el Consejo General del Poder Judicial. Las personas objeto de elección deberán ser magistrados, Fiscales, profesores numerarios de facultades de Derecho o Ciencias Políticas de cualquier Universidad del Estado o abogados, todos ellos con más de veinte años de ejercicio profesional.

Los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales tendrán un mandato de nueve años, si bien se renovarán por tercios cada tres años.

El artículo 131 regula la elección de presidente del tribunal, que será aquel de sus miembros que el Rey designe cada tres años a propuesta de los propios miembros del tribunal.

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La ponencia entró también ayer en un amplio debate sobre la Administración Pública y encargó la redacción de los artículos concretos a los letrados.

La semana próxima, según Peces-Barba, se tratará el tema de las autonomías en dos sesiones, martes y jueves, que presidirán los señores Pérez Llorca y Roca Junyent. Peces- Barba señaló que en la segunda lectura se fijarán las posiciones definitivas respecto a los votos particulares, con el criterio de reducirlos a los estrictamente necesarios.

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