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En España hay 1.754 viviendas ocupadas ilegalmente

Autoridades del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo han elaborado un informe sobre las viviendas vacías propiedad de organismos oficiales, en el que manifiestan que su existencia constituye «una manifiesta provocación en un tema tan sensible y extremadamente politizado, frente a la enorme demanda de viviendas por familias de muy escasos recursos económicos».

El informe dice que en España existen 1.754 viviendas ocupadas ilegalmente, de las que 1.200 se encuentran en Barcelona, 125 en Madrid, 404 en El FerroI, diecinueve en Valladolid, y seis en Bilbao. En el documento, que recoge Europa Press, se citan como consecuencia de la existencia de viviendas vacías el que aún no hubieran sido adjudicadas y el que habiendo sido adjudicadas, no hayan sido ocupadas por el propietario.Como causas de la no adjudicación se cita que el antiguo Ministerio de la Vivienda ponía a disposición de determinadas corporaciones y organismos oficiales, como Gobierno Civil, Capitanía General y Policía, entre otros, un número de viviendas para su adjudicación por los mismos, y que algunas viviendas se mantenían en reserva, para hacer frente a eventuales situaciones catastróficas o para cubrir necesidades de expropiaciones en curso.

En cuanto a las causas de no ocupación por sus adjudicatarios, se alude al plazo de seis meses que se les da para ocupar la nueva vivienda y que algunos esperan a que se agote y se señala que otros no han trasladado su domicilio por no necesitar la vivienda, o con fines especulativos.

Frente a los beneficiarios que río ocupan su vivienda, el informe señala que existe la posibilidad de iniciar un expediente sancionador e ir a la expropiación forzosa por incumplimiento de la función social de la propiedad. Si las viviendas están cedidas en arrendamiento, puede procederse el desahucio administrativo por no ocupación.

Frente a los ocupantes ilegales, en los casos de ocupación de viviendas no adjudicadas, caben las acciones correspondientes a su condición de propietario, por las vías civil y penal, y frente al ocupante ilegal de viviendas ya adjudicadas la Administración debe inhibirse, ya que las acciones deben ser emprendidas por el propietario.

El informe de las autoridades del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo propone dos tipos de actuaciones a realizar por el Departamento: frente a situaciones futuras y con independencia de la función sancionadora y de expropiación de viviendas., se propugna la adjudicación de viviendas en fase de construcción; desaparición de las reservas a favor de corporaciones y organismos oficiales; reducción del plazo de primera ocupación de seis meses a quince días; potenciación de la inspección para detectar situaciones ilegales y actuar con celeridad; frente a las situaciones ya consumadas, el informe indica que pueden utilizarse los mecanismos jurídicos expuestos en el mismo o continuar con las constituciones mixtas para la regularización de las ocupaciones ilegales que se estimen dignas de ello, previa ponderación en cada caso concreto.

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