El deporte español mantiene su régimen económico y jurídico
El deporte se incorporó ayer a la Administración del Estado con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del real decreto-ley de 1 de abril sobre reestructuración de los órganos dependientes del Consejo Nacional y nuevo régimen jurídico de las asociaciones, funcionarios y patrimonio del Movimiento.
No obstante, y a tenor del articulado del real decreto-ley, será el Gobierno quien pueda cámbiar las estructuras deportivas, porque se mantiene intacto el régimen especial jurídico y económico establecido por la ley de Educación Física. Y esto significa que el deporte seguirá viviendo a costa de las quinielas y se regirá por normas que son -algunas de ellas- inconstitucionales. El real decreto-ley crea una Subsecretaria de la Familia, la Juventud y el Deporte, de la que dependerá la Dirección General de Educación Física y Deportes. En la disposición final cuarta se dice: «Lo dispuesto en el presente real decreto-ley se entenderá sin perjuicio del régimen especial jurídico y económico que, en materia deportiva, establece la ley de Educación Física de 23 de diciembre de 1971.»
En el aspecto jurídico, mantener la normativa vigente podría llevar a que se produjeran anacronismos dentro de la propia Administración del Estado. La ley de Educación Física y Deportes ampara disposiciones de rango inferior que atentan contra derechos contemplados en la Constitución. Para referirnos a casos concretos baste citar el párrafo final de la cláusula quinta del contrato que liga a un jugador profesional de fútbol con un club, en la que se hace una «renuncia expresa a la jurisdicción de toda autoridad o tribunal y a cualquier otro derecho o procedimiento que no sean los establecidos en los reglamentos de la Federación Española de Fútbol». Este es un ataque directo al derecho que todos los españoles tienen de acudir libremente a los tribunales de justicia y que la ley de Contratos de Trabajo y el Código Civil califican de irrenunciable.
En el aspecto económico también mantiene el real decreto-ley las bases que sustentan el deporte, que, fundamentalmente, son las quinielas. El artículo 28 de la ley de Educación Física ya contemplaba que «las Diputaciones Provinciales, en cuanto así lo consientan sus obligaciones legales de carácter benéfico, aplicarán en cada presupuesto anual la cantidad que hubieren percibido en el ejercicio anterior por su participación en las Apuestas Mutuas, a fines deportivos de carácter aficionado». Los partidos del dorningo seguirán siendo el maná del deporte español; al menos, en este período de transición.
Benito Castejón pretende un régimen jurídico y económico autónomo para el deporte en España. Hasta ahora el único cambio radica en el paso de una dependencia política a otra administrativa.
El real decreto-ley de 1 de abril, a continuación de la disposición final cuarta, establece que «se autoriza al Gobierno para realizar por decreto las adaptaciones pertinentes a los efectos señalados en el párrafo anterior». Esto significa que será el propio Gobierno el que en su día modifique las estructuras en las que reposa el deporte en España, alguna de cuyas especialidades, el fútbol por ejemplo, está al margen de la ley.
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