El tratado de extradición entre Francia y España data de 1877
El tratado de extradición existente entre Francia y España podría ser cumplido si el Gobierno español lo solicita, según ha declarado a la agencia Cifra el presidente de la comisión de asilo y extradición de la Unión Internacional de Abogados, Juan Muñoz Campos, en relación con las dudas que habla planteado la huida a Francia del presunto asesino Arturo Ruiz, José Ignacio Fernández Guaza.Dicho tratado, firmado en Madrid en 1877, especifica en su artículo tercero que «no será entregada persona alguna, sentenciada o procesada, si el delito por se pide la extradición está considerado por parte de quien se reclame como delito político o como hecho conexo con semejante delito».
El convenio, que en 1974 impidió la extradición de diez personas acusadas de participar, en el asesinato de Carrero Blanco, estará vigente hasta un año después de que una de las dos partes haya solicitado su extinción, lo cual no ha ocurrido hasta el momento.
En cuanto a la ley francesa sobre extradición de extranjeros, que data de 1927, su artículo quinto. impide también la extradición de reclamados por delitos políticos o cuando sus circunstancias la enmarcan dentro de un objetivo político.
La extradición ha de solicitarse por vía diplomática. Después de su tramitación, serían los tribunales franceses los,quehabrían de decidir sobre su concesión. Cuando se debatió la ley en el Parlamento francés, se insistió mucho en que el Gobierno no tenía competencia para calificar si un delito es o no es político, y en que sólo los tribunales pueden hacer tal calificación.
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