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Las normas electorales, a Punto

Las normas que regularán las elecciones legislativas que habrán de celebrarse antes del próximo 30 de junio polarizan la. atención política, tanto del Gobierno como de la Oposición. El Gabinete estudiará los borradores preparados por la Administración en el Consejo de Ministros del próximo viernes, en el palacio de la Moncloa. La comisión de los nueve de la Oposición, por su parte, espera a conocer el trabajo elaborado por la ponencia técnica encargada de este tema -y que posiblemente estará concluido hoy-, para solicitar del presidente Suárez una nueva entrevista.En fuentes oficiosas se ha manifestado a EL PAIS que la comisión técnica encargada por la Administración de la preparación de un borrador de decreto-ley sobre materia electoral (integrada por alto personal de Gobernación, Justicia y Presidencia) ha tenido en cuenta, en los aspectos técnicos, el extenso borrador de ley Electoral -integrado por más de cien artículos, estructurados en ocho títulos- elaborado durante el mandato del señor Fraga, si bien en los aspectos sustantivos los criterios gubernamentales se encuentran próximos a los planteamientos de la Oposición.

Por el momento, sin embargo, dichos criterios no han madurado, y algunos de ellos se encuentran expresados de forma alternativa.

El tema más espinoso, la participación del Partido Comunista en las elecciones, podrá superarse si prospera el criterio de. permitir la formación de agrupaciones electorales en las que puedan figurar candidatos independientes..

Según parece, las listas electorales de cada partido o agrupación electoral habrán de ser cerradas, y existiendo dudas de ser cerradas. niencia de que, además, sean también bloqueadas. El criterio que parece haber prevalecido es el de que sean bloqueadas, lo que impedirá al elector modificar el orden de los candidatos propuestos en cada lista. Prevalecerá, pues, el orden de prelación establecido por los partidos o agrupaciones electo rales sobre las preferencias del elector.

El mínimo que habrá de obtenerse en cada provincia para tener representación en el Congreso está definitivamente previsto en un 2 %. La distribución de restos se realizará por provincias, y según el criterio de la media ponderada.

El reparto de la población entre los 350 diputados del Congreso se hará a razón de uno o dos por provincia, y el resto se distribuirá entre la población española de derecho con arreglo al sistema proporcional puro.

Para la elección al Senado se ofrece la alternativa de que la aplicación del sistema mayoritario se realice a una o dos vueltas. En este último caso, el voto del elector sólo podría destinarse a un candidato. En todo caso, el voto no sería transferible, de acuerdo con el sistema japonés.

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