Escudero Rueda: "El Gobierno, corto en materia sindical"
«La ponencia se ha quedado corta, porque se quedan cortos los propósitos del propio Gobierno en materia sindical», declaró ayer el procurador Manuel María Escudero Rueda, único enmendante a la totalidad del proyecto de ley sobre regulación del derecho de asociación sindical, que comenzará a debatirse en la Comisión de Leyes Fundamentales de las Cortes el próximo martes.
El señor Escudero había solicitado que sede volviera al Gobierno el proyecto de ley citado ya que sólo al título II de la vigente ley sindical de 1,7 de febrero de 1971 y hay otros títulos -como el III relativo a los sindicatos otros órganos de composición y coordinación y el IV. de la Organización Sindical- que no deben mantenerse.«Lo que se tenía que haber hecho -nos manifestó el señor Escudero- es derogar íntegramente la ley sindical de 1971 y la declaración XIII del Fuero del Trabajo. Al no hacerlo así. el proyecto de ley que vamos a debatir mantiene un, extraño maridaje entre una concepción sindicalista vertical y una cierta apertura asociativa. El resultado es un lío."
El procurador guipuzcoano afirmó que aun cuando la ponencia mejora consideráblemente el proyecto del Gobierno su meritorio trabajo es insuficiente. Sobre la respuesta ofrecida a su petición de que se devuelva al Gobierno el señor Escudero considera que no le convence obligado a mantener su enmienda y a solicitar de la poriencia las necesarias explicaciones.
Concretamente estima que la ponencia echa balones fuera al no emitir criterio sobre la estatalización de los funcionarios y patrimonio sindicales. establecida por reciente decreto-ley medida que el' señor Escudero consideraba que sólo debía ser provisional, ya que argumentó a EL PAIS- «los futuros sindicatos no van a pasar por la estatificación de unos bienes a los que han contribuido con sus cuotas y a unos medios que necesitaran para su funcionamiento».
Asimismo el señor Escudero desea conocer cuál será el alcance político real que tendrá la sustitución del término asociaciones profesionales (que flguraba en el proyecto de ley gubernamental) -por el de sobre todos no se reforma el título III de la vigente ley Sindical en el que se configura la organización administrativa sindical. «Los órganos sindicales del futuro -nos manifestó no van a pasar por que tengan un delegado sindical provincial".
Igualmente no considera admisible se mantenga el aparato político de la actual Organización Sindical establecido en Ia ley de 1971.
Por otra parte el mantenimiento de este aparato podría contrastar con el propósito que alimenta el Gobierno de una vez aprobada la firmar los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) relativos a libertad sindical y libertad de negociaciones entre sindicatos obreros. y emplesarlos. EL PAIS confirmó ayer la noticia del viaje a Ginebra en este mismo mes del ministro de Relaciones Sindicales. Enrique de la Mata con este fin.
Por lo que se refiere a las 354 enmiendas que ha tenido que estudiar la ponencia -integrada por Melitino García Carrero. Jesús Lample- José Luis Mellán. José María Oriol y Ramón Pita da Veiga-. 110 de ellas se refieren al artículo primero y 51 al tercero.
También se han presentado 37 enmiendas ál artículo segundo 36 al cuarto 38 al quinto y, otras 53 al artículo sexto y,disposiciones del anteproyecto. Destaca asimismo el número de enmiendas veinte que proponen la adición de nuevos artículos al anteproyecto y contemplan desde el derecho de los trabajadores a afiliarse a organizaciones profesionales internacionales al derecho a afiliación sindical de lo funcionarios públicos.
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