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Los asuntos sindicales

Parece que a corto plazo, y por medio de un decreto-ley para así modificar la ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, vamos a tener un nuevo ministerio, el de Asuntos Sindicales, con el que nadie contaba. Con él llegará, al parecer, el asociacionismo sindical, pariente político del asociacionismo político, el que exige pasar por la famosa ventanilla del Ministerio de la Gobernación.La reforma sindical parece que se va a concretar en otro decreto-ley que, reformando parcialmente la ley Sindical de 1971 (que por lo demás continuará vigente) otorgará a los trabajadores y empresarios la posibilidad de constituir asociaciones obreras y asociaciones patronales, dependientes unas y otras del Ministerio de Asuntos Sindicales. Dentro de éste, sendas direcciones generales se ocuparían del registro de las asociaciones, obreras y patronales que aceptaran pasar por las nuevas ventanillas que el Gobierno Suárez pretende abrir.

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No parece, sin embargo, que ése sea el exclusivo contenido del nuevo ministerio, pues dependiendo de él se crearía un nuevo organismo autónomo., (¿Inistituto de Asistencia Sindical?) que se encargaría de recoger en su seno las actuales funciones asistenciales y asesoras desarrolladas por las llamadas Obras Sindicales (Hogar, Formación Profesional, Educación y Descanso, Colonización, etcétera) así como de la asistencia jurídico Iaboral (asesoramiento y defensa) de los trabajadores que no se inscribieran en las asociaciones obreras que eventualmente se crearan.

A ese organismo autónomo se pretende adscribir de manera indiscriminada como funcionarios a los actuales servidores de la OSE. También a él se entregaría la propiedad del actual patrimonio detentado por la Organización Sindical, cualquiera que sea su origen, patrimonio que será cedido en usufructo a las asociaciones obreras y patronales que acepten pasar por las ventanillas del nuevo ministerio. De la administración de ese patrimonio, y de su, adjudicación para uso a esta o a aquella asociación patronal u obrera, se encargaría un patronato integrado por representantes del Estado, de las asociaciones obreras y de las patronales, o bien de las federaciones que estas constituyan.

La actual cuota sindical parece estar destinada a desaparecer con los dos decretos-leyes que el Gobierno prepara pero, como de algún lugar tiene que salir el dinero para financiar los gastos del mencionado organismo autónomo, se establecera una nueva exaccion parafiscal que sería recaudada por el Ministerio de Hacienda con la colaboración de las empresas, al igual que hoy ocurre con el IRTP.. Todo parece indicar por otra. parte, que al excluirse la Administración de esta nueva exacción del control de la intervención de Hacienda, así como de la ley de 1958, el nuevo organismo estará dotado de generosas dosis de libertad en la administración de sus recursos financieros.

Otro nuevo organismo a crear, que completaría el cuadro del sindicalismo reformista, en tanto se llega a la definitiva y profunda reforma sindical anunciada por el presidente Suárez, para después de las elecciones de junio de 1977, es el Consejo Económico Social ya previsto en el proyecto de reforma constitucional elaborado por el Gobierno Arias y que el Gobierno Suárez acaba de retirar de las Cortes. Tal consejo tendría funciones en el campo de la política económica y social y en el de la planificación del desarrollo, tanto de naturaleza consultiva como de colaboración, es decir como marco del pacto social que parece en algunos momentos que el Gobierno Suárez propugna.

Lo que no tiene trazas de desaparecer son las Uniones de Trabajadores (UTT) y de Empresarios, ni los Sindicatos Provinciales y Nacionales, ni los Consejos Provinciales y Nacionales de Trabajadores y Empresarios, organismos del verticalismo que subsistirían coexistiendo con las asociaciones que pudieran crearse.

Semejante reforma es de tal naturaleza que en un próximo artículo la estudiaré tomando como pautas de análisis su grado de democracia al principio básico de libertad sindical contenido en el convenio 87 de la OIT, y las repetidas manifestaciones de la clase trabajadora española y,de sus organizaciones representativas.

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