La Audiencia de Valencia confirma el procesamiento de Consuelo Císcar por usar el IVAM para promocionar a su hijo
La sala considera que, además de “la decisión política de asumir los costes de las exposiciones internacionales”, se han detectado “numerosas irregularidades”
La Audiencia Provincial ha confirmado el auto de procesamiento dictado por Instrucción 21 el pasado 11 de junio contra la que la que fuera directora del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) entre 204 y 2014, Consuelo Císcar, su asesora Pilar Mundina y el ex director económico de este museo Juan Carlos Lledó por los supuestos delitos de malversación, prevaricación, falsedad y cohecho.
La sección segunda rechaza la petición de sobreseimiento de la causa formulada por los tres investigados y da luz verde a su procesamiento por haber utilizado los fondos y los medios del IVAM para promocionar la carrera artística de su hijo. Se trata de Rafael Blasco Císcar, conocido artísticamente como Rablaci, hijo de Consuelo Císcar y del exconsejero valenciano del PP, Rafael Blasco (condenado doblemente por el desvío de fondos públicos destinados al tercer mundo).
Concretamente, se investiga la labor de personal del IVAM a las órdenes de Císcar por su actuación para la búsqueda de espacios expositivos en diversos lugares del mundo o el pago con fondos públicos del transporte de dichas piezas.
La resolución cuya impugnación ha rechazado la Audiencia atribuye a Ciscar el haber hecho un uso personal del IVAM para impulsar la carrera artística de su hijo, haciendo uso de los medios personales y materiales de la institución, concediendo servicios o comprando obra con cargo a los fondos del IVAM a entidades o artistas que, de forma paralela, ejecutaban los mismos o similares servicios para las exposiciones de su hijo o la edición de los correspondientes catálogos.
“El auto impugnado”, prosigue la Audiencia, “narra una serie de contrataciones a cargo del IVAM que pueden haber beneficiado indirectamente al hijo de la investigada. El entramado de relaciones indica las posibles motivaciones ocultas que guiaron los contratos”.
“También hace referencia el auto a diferentes testificales, investigaciones de la UDEF, el análisis de correos electrónicos y el informe de la Inspección General de la Generalitat” y enumera la Audiencia todos los gastos y contrataciones que se consideran fraudulentos a lo largo de varios años.
A juicio de los magistrados de la sección segunda, “la decisión política de asumir los costes de las exposiciones internacionales no es ni mucho menos el único dato que fundamenta la resolución recurrida, sino parte del contexto en el que se detectan numerosas irregularidades”.
Anteriormente se dictó el sobreseimiento respecto a cuatro trabajadores del IVAM inicialmente investigados: Raquel Gutiérrez, Juan García Rosell, Jorge Reyes y María Ángeles Valiente.
La Fiscalía Anticorrupción solicitó asimismo el archivo de la causa respecto de la que se considera asesora de Ciscar, Pilar Mundina, al no apreciar indicios de prevaricación y concluir que no participó en ninguna posible irregularidad.
Sin embargo, entiende la Audiencia que el auto recurrido señala a Mundina como “ejemplo de abuso de Ciscar en su puesto de directora gerente del IVAM para sus fines personales y la promoción de la carrera artística de su hijo”. Según se desprende de las testificales, habría desempeñado de forma irregular funciones de asistencia personal a Císcar.
Asimismo, recuerda la Audiencia, se ha incorporado a la causa un informe de la Intervención de la Generalitat que constata que cobró cerca de 90.000 euros en dietas entre 2006 y 2011 sin que quede acreditado el motivo de sus desplazamientos ni la relación laboral con el IVAM (ya que tenía su puesto de trabajo en el Insitut Valencià de la Joventut, VAJ).
Entiende por tanto el tribunal que “no se puede descartar en estos momentos la comisión de los delitos de prevaricación y malversación” en la actuación de Mundina.
La exdirectora gerente del IVAM y Lledó están asimismo investigados en otra pieza separada por la adquisición de obras de arte del escultor Gerardo Rueda que se consideran falsas y por las que el IVAM pagó cantidades excesivas al hijo adoptivo del artista madrileño -también procesado por malversación y falsedad-.
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