La UE amplía la lista de crímenes ambientales y aumenta las condenas hasta los 10 años de cárcel
Eurocámara y Consejo llegan a un acuerdo provisional para endurecer las penas, en el que por primera vez se habla de delitos “comparables con el ecocidio”
En su estrategia para proteger el medio ambiente y combatir la contaminación y el cambio climático, la Unión Europea ha dado un paso clave por la vía penal, ampliando la lista de delitos ambientales y endureciendo las penas de quienes los cometan. Parlamento Europeo y Consejo de la UE han llegado a un acuerdo provisional —a ratificar por las dos partes aún— para actualizar la directiva sancionadora y aumentar de nueve a 18 los tipos de delitos previstos, además de endurecer las sanciones para quienes los cometan, con penas de hasta 10 años de cárcel y multas millonarias.
“Hemos negociado una posición de tolerancia cero ante delitos ambientales que tienen enormes consecuencias para la salud humana y el medio ambiente”, ha celebrado el ponente de la Eurocámara, el holandés Antonius Manders (PPE), el acuerdo, alcanzado la noche del jueves. Aunque consideran que todavía se podría haber ido más lejos, el acuerdo ha sido bienvenido por gran parte de las organizaciones ecologistas como WWF, para quien esta normativa proporcionará a los Estados “una nueva herramienta en su arsenal” para combatir este tipo de delitos dañinos para la naturaleza y la salud humana, pero altamente lucrativos para sus responsables.
Según un estudio de Eurojust, los delitos ambientales constituyen la cuarta mayor actividad criminal del mundo y crecen entre un 5 y un 7% cada año. Es además, junto al tráfico de drogas, armas y de seres humanos, una de las principales fuentes de ingresos del crimen organizado. La UE contaba desde 2008 con una directiva que listaba y penalizaba este tipo de delitos, pero en 2021 propuso una actualización de la normativa, al considerar que esta había quedado desfasada ante el volumen y tipos de nuevas ilegalidades cometidas contra y a costa del medio ambiente. Las penas previstas tampoco eran lo suficientemente disuasorias.
La nueva directiva “relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal” define de manera “más precisa” los delitos ambientales y añade nuevos tipos, hasta un total de 18, desde el tráfico de madera, considerado una de las principales causas de deforestación en algunas partes del mundo, al reciclaje ilegal de componentes contaminantes de barcos o graves violaciones a la legislación sobre productos químicos. También se reconoce como delito, para satisfacción de las organizaciones de defensa del medio ambiente, la contaminación sonora submarina que afecta de forma significativa a animales como delfines o ballenas.
El nuevo texto legal armoniza además las penas para las personas naturales y, por primera vez, destacan sus negociadores, también para las personas jurídicas en todos los Estados de la UE.
“Es crucial que combatamos estos delitos transfronterizos en la UE mediante sanciones armonizadas, disuasorias y eficientes para prevenir nuevos delitos ambientales”, ha declarado al respecto Manders, que ha destacado que la norma es, además, válida de cara al futuro, ya que prevé una actualización de la lista de delitos. De este modo, ha acotado el comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, Virginijus Sinkevicius, “garantizará mejor que las principales violaciones de las normas ambientales sean consideradas delitos, que los responsables de implementarlas sean más eficientes sobre el terreno y que los defensores ambientales estén mejor protegidos y reconocidos”.
Bajo la premisa del que contamina paga, la directiva actualizada, que todavía deberá ser ratificada por la Eurocámara y por los Veintisiete, endurece además las penas para los criminales ambientales. Para ello, incluye una serie de “circunstancias agravantes” y habla de “delitos comparables al ecocidio”, el término que cuenta desde hace algo más de dos años con una definición jurídica propia y que se pugna por incorporar a las legislaciones nacionales e internacionales.
En el caso de personas naturales, las penas pueden ir hasta los 10 años de cárcel para “delitos intencionados que causen la muerte de personas”. También se prevén hasta ocho años de prisión para aquellos delitos con “resultados catastróficos” y de hasta cinco años, entre otros, para los delitos por negligencia que causen la muerte de una persona.
En el caso de personas jurídicas, la nueva ley prevé multas de al menos el 5% del volumen de ventas mundial de la empresa, o de 40 millones de euros, para los delitos más graves, mientras que para el resto las penas podrán ser de hasta el 3% del volumen de ventas mundial o 25 millones de euros. La normativa prevé también la posibilidad de obligar al responsable a restaurar el entorno dañado o compensar por los daños provocados, así como prohibirle el acceso a fondos públicos o retirarle sus permisos y autorizaciones.
“Si contaminas, pagarás por tus delitos, no solo las empresas criminales pagarán multas, sino que los representantes de dichas empresas contaminantes cumplirán penas de cárcel”, ha zanjado el eurodiputado Manders.
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