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RESIDUOS

Los 2.236 frigoríficos que condenaron a la cárcel a los Nieto

El Gobierno indulta por razones humanitarias al primer empresario sentenciado a ir a prisión en España por emitir gases de efecto invernadero

Frigoríficos en una planta de reciclaje de residuos eléctricos en Madrid.
Frigoríficos en una planta de reciclaje de residuos eléctricos en Madrid.© Carlos Rosillo
Clemente Álvarez

Una fragmentadora de chatarra mastica todos los metales como si fueran comida crujiente: si se le mete un automóvil, la máquina lo masca con facilidad hasta descomponerlo en trozos de unos pocos centímetros, que luego se separan por tipos de materiales para reciclar. En 2015 el Tribunal Supremo condenó a dos años y medio de cárcel al empresario Antonio Nieto Jaime y su hijo por triturar en Madrid de forma ilegal y sin autorización administrativa 2.236 frigoríficos, un delito ambiental por contener estos electrodomésticos gases nocivos que deben ser tratados con medidas especiales de protección. Fue un caso muy sonado ya que era la primera vez que se sentenciaba a prisión a alguien en España por generar emisiones de efecto invernadero. Desde el sector de los residuos se dice que se trató de “un fallo ejemplarizante”, “un puñetazo en la mesa”, contra el fraude en el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos. Su abogado, Jacobo Teijelo, va más lejos y asegura que “se fue a buscar una cabeza para dar ejemplo”. Cinco años después, el Gobierno acaba de indultar al empresario septuagenario, muy enfermo, alegando “razones de justicia y equidad”.

En el momento de la condena, Antonio Nieto Jaime era uno los principales empresarios de la chatarra en Madrid. Su historia es la del chatarrero que consigue prosperar desde abajo sabiendo sacar dinero de lo que para otros resulta inservible. Aprovecha la parte más valiosa de los desechos, los metales. De alguna forma, su caso representa la evolución del modelo más tradicional de gestión de los residuos, frente a los sistemas instaurados de forma mucho más reciente en aplicación de nuevas legislaciones. Como detalla la sentencia del Supremo, de 2007 a 2010 las empresas que llevaba Nieto con su hijo se dedicaron a la compra de frigoríficos sin la necesaria autorización para la gestión de residuos peligrosos. “Una vez los frigoríficos se encontraban en sus instalaciones, procedían a la fragmentación de los mismos introduciéndolos con otros residuos metálicos en la máquina trituradora de gran capacidad que tenían instalada, con conocimiento de que se liberaban a la atmósfera los gases contenidos en sus circuitos y espumas aislantes, y que tal circunstancia significaba un gran riesgo para el medio ambiente y la salud de las personas”.

Entonces, los peores gases que podían encontrarse en los frigoríficos eran los clorofluorocarbonos (CFC), que aunque habían sido prohibidos en la UE por dañar la capa de ozono en 1995 todavía seguían estando en aparatos antiguos fabricados antes de esa fecha, pero los más modernos ya utilizaban habitualmente ciclopentano, mucho menos dañino. La forma correcta de tratar los residuos de estos electrodomésticos es extraer estos gases en cámaras especiales para descontaminarlos antes de triturarlos. Sin embargo, los Nieto los metieron directamente en su fragmentadora de chatarra para vender luego los metales a las fundiciones. Aunque no les pillaron haciéndolo, se encontraron restos de frigoríficos en sus instalaciones y se estimó que habían triturado 2.236 de estos aparatos a partir de los datos suministrados por las empresas proveedoras y el testimonio clave en el juicio de otro de los condenados que llegó a un acuerdo con el fiscal, el gerente de la empresa responsable de la totalidad de los electrodomésticos de este tipo dejados por los ciudadanos en los puntos limpios de la ciudad de Madrid.

La sentencia no se detiene en cuántos de esos frigoríficos podían ser todavía de los antiguos con CFC y cuántos de los más modernos con ciclopentano, pero da por bueno que la destrucción de esos 2.236 frigoríficos liberó a la atmósfera el equivalente a 3.378 toneladas de CO2. Para saber de qué estamos hablando, esta cantidad de gas causante del cambio climático es similar al que saldría de los tubos de escape de unos 1.100 automóviles nuevos durante todo un año. ¿Por qué se condenó a la cárcel a los Nieto y no se persigue a otros grandes emisores que generan millones de toneladas de CO2 al año en España? Como especifica el Supremo, reducir la liberación de estos gases “exige prohibir tajantemente algunas emisiones y tolerar simultáneamente otras que podrían paulatinamente ir disminuyéndose”. “Hay conductas semejantes —también dañinas— pero toleradas por el ordenamiento por exigencias sociales. Esas no son delictivas, pero no porque no causen daño al medio ambiente sino porque cuentan con respaldo administrativo y legal en virtud de decisiones políticas y normativas que valoran pros y contras. Cuando no se cuenta con esa autorización, el tipo penal despliega toda su eficacia”.

“Fue una justicia prospectiva, no es que se descubra un muerto y se busque un asesino, sino que se encuentra un asesino y luego se busca el muerto”, alega el abogado Teijelo, que defendió el caso de Nieto ante el Supremo y ha llevado su indulto. “El problema es que entonces había un gran desmadre con el tratamiento de los residuos eléctricos y electrónicos, se hizo una operación simultánea en las mayores chatarrerías porque era el final de la cadena, dónde más fácil se podía encontrar algo”, comenta el letrado, que cuenta que el caso también coincidió con un cambio de criterio legal para empezar a tratar de forma penal estos delitos en la gestión de los residuos. En los recursos ante el Supremo, los encausados —aparte de los Nieto, un empleado que trabajaba para ellos y dos responsables de empresas que les abastecían de frigoríficos— protestaron por ser ellos los únicos a los que se había condenado hasta entonces en España por generar emisiones de gases de efecto invernadero, a lo que el alto tribunal respondió que “en toda modalidad delictiva habrá siempre una primera vez”. Con todo, los magistrados sí rebajaron de forma significativa las penas que había impuesto en primera instancia la Audiencia Provincial de Madrid, al considerar que no se podía aplicar el agravante de actividad clandestina.

El hijo de Nieto cumplió ya su condena de cárcel, pero la suya propia tuvo que ser suspendida por la enfermedad incluso antes de que llegara el perdón del Gobierno. “Es más que merecido, no solo ha sido un indulto por razones humanitarias, ha habido también un arrepentimiento y una parte restaurativa”, incide el abogado, que recalca el hecho de que después de ser condenado el empresario promovió y financió una iniciativa para ayudar a las cerca de 400 empresas de la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER) a adaptarse a las normativas ambientales. “Sí, es cierto, él promocionó que hubiera una guía, una herramienta para que a las empresas no se les olvidara cumplir nada”, comenta Alicia García-Franco, directora general de la FER, que explica que de forma global existen cerca de 14.000 normas en medio ambiente. “La sentencia fue ejemplarizante, el indulto me parece correcto”, destaca la representante de los recuperadores y recicladores, que cree que todo este caso hizo que cambiaran muchas cosas en el sector. Con todo, García-Franco insiste en que una adecuada gestión de los residuos no depende solo de la parte final de la que se ocupan empresarios como los Nieto. “Desde el sector estamos insistiendo en que la responsabilidad del productor no solo empieza cuando se genera el residuo, sino cuando se diseña. No se debe fabricar un aparato que no se puede reciclar”, subraya.

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Clemente Álvarez
Es el coordinador de la sección de Clima y Medio Ambiente de EL PAÍS y está especializado en información ambiental, cambio climático y energía. Ha trabajado para distintos medios en España y EE UU, como Univision, Soitu.es, la Huella en La2 de TVE... Fue también uno de los fundadores de la revista Ballena Blanca.

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