El TSJC anula la autorización ambiental a la cementera de Montcada
El tribunal argumenta que la Generalitat cometió multitud de infracciones durante la concesión del permiso
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la autorización ambiental concedida por la Generalitat a la cementera de Montcada i Reixac (Vallès Occidental) por las irregularidades detectadas durante el proceso. La sección tercera de la Sala de lo contencioso administrativo pone de relieve, entre otros aspectos, que el Departamento de Territorio concedió a Lafarge Cementos la misma autorización que había sido anulada siete años antes y que se ignoró un informe negativo vinculante del Ayuntamiento. “La actuación administrativa supone una infracción procedimental clara, manifiesta y ostensible”, recoge la sentencia con fecha del pasado mes de diciembre. Generalitat y empresa quitan hierro a esta anulación porque la sentencia no es firme.
La cementera de Montcada i Reixac ha generado históricamente mucha polémica. El Ayuntamiento y los vecinos más cercanos a la fábrica piden desde hace tiempo su traslado porque lo consideran un foco de ruido y contaminación. Y más teniendo en cuenta que se ubica en uno de los municipios más castigados por la polución.
En 2008 el Departamento de Territorio otorgó a la empresa la autorización ambiental, que fue anulada en sentencia firme por el Supremo en julio de 2015, tras una denuncia de la asociación de vecinos del barrio de Can Sant Joan, porque no había sido sometida a información pública. El Supremo también reprochaba que la evaluación de impacto ambiental (un estudio previo que informa a la administración sobre los riesgos de un proyecto, antes de que sea aprobado) estaba fechado el mismo día que la autorización ambiental (la resolución final), cosa que le hacía pensar al tribunal que en el proceso no había tenido “las exigencias legalmente requeridas”.
Solo un mes después, el Govern intentó corregir el error realizando el trámite correctamente y publicaba en el Diario Oficial de la Generalitat en anuncio que se sometía a información pública “la misma” declaración ambiental “sin que Lafarge hubiera solicitado una nueva autorización”, según recoge la sentencia. El proceso acabó en la concesión de dicha autorización en noviembre de 2015, que también fue recurrida, esta vez sin éxito, por los vecinos.
La sentencia también considera que la autorización de 2008 “había devenido por completo obsoleta” cuando fue replicada en 2015, ya que las normativas ambientales han sido cada vez más exigentes durante este periodo, argumenta el tribunal. Además, recuerda que existía un informe desfavorable del Ayuntamiento, que era vinculante, que alertaba que la fábrica superaba los límites de ruido, cosa que “no permitía otorgar la nueva autorización ambiental”.
El Departamento de Territorio, que estudia la presentación de un recurso de casación, considera que la sentencia “no tendrá efectos inmediatos” porque la autorización actual “sigue vigente porque todavía no hay sentencia firme”. Por su parte, la empresa asegura que la causa de la anulación es “un error de forma en el proceso administrativo” y que la sentencia “no cuestiona de ningún modo el adecuado comportamiento ambiental de la fábrica”. Asimismo, defiende que la autorización actual “reúne todas las garantías ambientales exigidas por las más nuevas directivas europeas”.
En cambio, la asociación de vecinos y la Plataforma Antiincineración de Montcada consideran que “es como si Lafarge hubiera estado funcionando sin autorización desde 2008” y ven la sentencia también como “una crítica absoluta a la forma en que trabajan algunos organismos de la Generalitat”.
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