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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Marcos conceptuales

No hay una conversación catalana, sino dos conversaciones que transitan paralelas. Hay excepciones, personas que pretenden transitar entre los bloques, pero son las menos

Argelia Queralt Jiménez
Una tertulia en RAC1, en 2015.
Una tertulia en RAC1, en 2015.gianluca battista

“¿Podrías venir a la tertulia el próximo miércoles?” “¿Quiénes van?” “Ah, ok, dos independentistas, una constitucionalista y un unilateralista”. Esta conversación inventada refleja, sin embargo, la realidad que se vive en los ámbitos de generación de opinión en Cataluña desde hace años. Cuando nos invitan a mesas de análisis vamos, sobre todo, en nuestra condición de independentistas o no, de constitucionalistas o no. Se invita a las personas asumiendo que cada cual tendrá un marco conceptual determinado, compartido por los analistas correligionarios y rechazado por el resto. Marco conceptual que, en ocasiones, es asumido por el propio medio. Cuando se contraviene el marco predominante, además del esfuerzo de sobreponerse al discurso impuesto, se genera un rechazo por el resto de tertulianos, por la audiencia y, en definitiva, un nuevo señalamiento en “de ellos” o “de los nuestros”. No hay una conversación catalana, sino dos conversaciones que transitan paralelas. Estamos ante dos marcos conceptuales que representan a una sociedad dual. Hay excepciones, personas que pretenden transitar entre los bloques, pero son las menos.

El marco conceptual del independentismo parte de minimizar las consecuencias de lo ocurrido a partir de la aprobación en el Parlament de las leyes de desconexión en septiembre de 2017. Lo que ocurrió aquellas jornadas y sus consecuencias, el 1 de octubre y la declaración unilateral de independencia (fallida) fueron conductas graves política y jurídicamente: ruptura constitucional, desobediencia. Y, sobre todo, supusieron la subversión del concepto democracia, que pasaba a identificarse, solo, con el derecho de autodeterminación de Cataluña y el mandato popular de un referéndum que no lo fue, y donde, contradictoriamente, una mayoría parlamentaria, que no social, podía imponer su voluntad. Lo ocurrido no son despropósitos. Fueron actos de una irresponsabilidad política inconmensurable. Desde hace dos años, a veces de forma inconsciente, para saber cómo relacionarnos con un conciudadano nos preguntamos: “¿Será independentista? ¿Será constitucionalista?”. La dualidad se ha instalado. Además de la desconfianza de una mitad de catalanes, desconfianza y descrédito entre el resto de españoles. Sin olvidar que Cataluña no está peor que hace dos años, y no es culpa del 155 CE ni de los procesos judiciales en marcha. Tiene su origen en las decisiones de políticos catalanes que no calibraron (o les dieron igual) las consecuencias de sus decisiones. Y, para cerrar, la represión del Estado, como si en Cataluña las libertades fundamentales estuvieran suspendidas, y los presos políticos. Dos realidades que se asumen como verdades absolutas entre los independentistas.

La dualidad social y política no se superará si cada cual no asume al otro como un igual con el que se debe pactar

Al otro lado, los constitucionalistas dan por cierto que la autonomía política de Cataluña es de las más altas del mundo, porque así lo dicen determinados índices, obviando que estos mismos índices señalan algunas disfunciones importantes de nuestro sistema, como la falta de autonomía política en la financiación, las competencias básicas del Estado y los llamados títulos horizontales, entre otros. El Estado autonómico puede ser mejorado y profundizado. De hecho, es una de las tareas pendientes del sistema constitucional español. También desde la perspectiva constitucional, se insiste y se insistió en que una consulta no vinculante en Cataluña no era constitucionalmente posible. Se han vertido ya argumentos en contra de esta premisa. Otra cosa es que un determinado Gobierno decidiera activar esta posibilidad o no. Más recientemente, se ha asumido que en octubre de 2017 en Cataluña se produjeron actos de rebelión y sedición. Considerar que lo sucedido el 20 de septiembre fue sedición supone, primero, haber asistido a pocas manifestaciones, y, en segundo lugar, poner en tela de juicio el libre ejercicio de este derecho fundamental. Por otra parte, el Código Penal regula la rebelión con un determinado propósito: evitar levantamientos violentos o armados. Recuerden que, en su alegato final, la Fiscalía reconoció que había que actualizar el contenido de esta figura penal a las circunstancias actuales. En derecho penal la analogía en contra del reo está tajantemente prohibida.

No es esta una exposición exhaustiva de los elementos de cada marco, pero sirva para poner de manifiesto dos narrativas diferentes que se excluyen y que dejan poco espacio de reconocimiento al otro. La dualidad social y política no se superará si cada cual, también quien firma este artículo, no asume al otro como un igual con el que se debe convivir y, por tanto, pactar. En sociedades complejas como la nuestra, las repuestas no suelen estar en los blancos y en los negros, con los que es más fácil identificarse, sino en los grises. Los “generadores de opinión” debemos asumir nuestra responsabilidad y fomentar los grises, las zonas de entendimiento. Para la polarización, ya tenemos a los partidos pol íticos.

Los “generadores de opinión” debemos asumir nuestra responsabilidad y fomentar los grises
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