Tercer varapalo judicial en una semana por Madrid Central al Ayuntamiento de PP y Ciudadanos
El juez Carlos Sánchez Sanz recuerda al Consistorio que los derechos al medio ambiente y a la salud priman sobre las multas
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid, Carlos Sánchez Sanz, ha acordado conceder la medida cautelar solicitada por Greenpeace España y suspende la resolución de 27 de junio de 2019 dictada por el Ayuntamiento de Madrid por la que se acordaba la moratoria de las sanciones de Madrid Central.Este es el tercer auto que los jueces de Madrid emiten a favor de Madrid Central y en contra de la decisión municipal acordada por el Gobierno de Partido Popular y Ciudadanos.
La vicealcaldesa, Begoña Villacís, ha manifestado tras conocerse el tercer auto que "es muy importante que las cosas se dimensionen". "Es una medida cuatelar, no es una sentencia en ningún caso", ha subrayado, y ha opinado que es probable que las sentencias lleguen cuando el periodo previsto de la morataria, "que está acotada en el tiempo" hasta el 30 de septiembre, haya expirado. La vicealcaldesa, de Ciudadanos, ha repetido "por enésima vez", que Madrid Central no se va a revertir, porque así lo acordó con el PP en su documento programático. "Lo que sí vamos a hacer es escuchar a las partes afectadas", ha repetido, para reformar el sistema.
90 euros de multa y 115 cámaras
En el perímetro de Madrid Central hay instaladas 115 cámaras que vigilan los accesos a la zona restringida, 60 en las calles de entrada y 55 en las de salida. Estas cámaras registran las matrículas de los vehículos que acceden al área y las de los que salen. En los aparcamientos públicos y privados cámaras de acceso registran la misma información y la envían al Ayuntamiento.
El Consistorio cruza datos y discrimina quiénes son residentes, quiénes tienen permiso para acceder y quiénes no. Los vehículos que no tengan permiso para acceder recibirán una sanción de 90 euros (45 por pronto pago). Pueden entrar al área de bajas emisiones los residentes y los vehículos con etiqueta de la DGT Cero y Eco. Los que tienen distintivo B y C pueden acceder al área solo si su trayecto termina en un aparcamiento de uso público, o bien si tienen una invitación de un residente. Los vehículos sin etiqueta no pueden acceder, aunque hasta 2020 los que tengan invitación de un comerciante o residente sí podrán hacerlo.
Fuentes del Área de Movilidad y Medioambiente aseguran que el Ayuntamiento acata la decisión judicial y que, como con los dos autos anteriores, los servicios jurídicos estudian si los recurren o no, según informa Gloria Rodríguez-Pina.
La moratoria de sanciones impuesta por el alcalde, José Luis Martínez-Almeida (PP) —con el apoyo de Ciudadanos—, estuvo vigente tan solo una semana: las multas se reactivaron el 8 de julio por decisión judicial. En el segundo trimestre de este año, los datos de contaminación de la capital han sido los mejores de la década, además de reducirse el tráfico y mejorar las frecuencias de los autobuses de la Empresa Municipal de Transporte. El Ayuntamiento en sus alegaciones ante el juzgado justifica la supresión de Madrid Central por los problemas derivados del sistema de multas. A principios de junio, el Consistorio, con Manuela Carmena como alcaldesa en funciones, tuvo que anular 6.000 multas por errores en los registros.
Entre otros razonamientos jurídicos, el magistrado expone en la resolución que "la protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos, y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales".
El magistrado Carlos Sánchez Sanz recuerda al Ayuntamiento que no suspenderse la moratoria "se estarían emitiendo gases contaminantes en la zona afectada que afectará al medio ambiente y a la salud de las personas". "Una cosa es esperar unos días mientras la Administración presenta alegaciones y otra dejar sin efectos prácticos Madrid Central durante meses", puntualiza el juez. Los daños que causa la emisión de gases "no se resuelve con una eventual indemnización el problema de salud creado o agravado al ciudadano, y en cuanto a la lesión al medio ambiente, no se aprecia cómo podría ser eliminada si no es con el transcurso de un prolongado espacio temporal. Una posible sentencia estimatoria tendría efectos hacia el futuro, mas ya se habrían creado los daños en el pasado", aclara Carlos Sánchez Sanz en el auto.
En otro punto, y respecto de los defectos del régimen sancionador que expone el Ayuntamiento en su escrito de alegación, el juez afirma que "la Administración cuenta con medios suficientes para depurar las anomalías que puedan producirse en un procedimiento sancionador (…) y para ello no es imprescindible eliminar la vigencia de la zona de bajas emisiones". Este auto puede ser recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El juez Jesús Torres Martínez, del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 24, emitió esta misma semana otro auto judicial sobre Madrid Central en el que entiende que "la existencia de deficiencias en el sistema de multas debe ceder ante la protección a la salud y al medio ambiente" y que "ante una medida dirigida a la protección del medio ambiente, como es Madrid Central, el acuerdo municipal [que la suspendía] no ofrece ninguna alternativa para suplir la supresión de la zona de bajas emisiones, ni justifica tampoco que la misma haya sido ineficaz o haya producido un daño mayor del que trataba de evitar en el plano medioambiental".
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