El Govern propone que el maltrato psicológico sea motivo para desheredar
Justicia anuncia cambios en el Código Civil para que los perpetradores de abuso psíquico puedan perder el derecho a la legítima
La Generalitat contempla por primera vez la posibilidad de que el maltrato psicológico sea, por ley, una razón para desheredar. La consejera de Justicia, Ester Capella, y el titular de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, Chakir El Homrani, presentaron esta nueva regulación ayer, en un acto realizado en el Casal de Sant Ildefons para la tercera edad, en Cornellà de Llobregat (Barcelona).
Actualmente, la legislación española sólo considera el “maltrato grave”, que se refiere al maltrato físico o de obra, como razón legal para desheredar. No obstante, la regulación de sucesiones no contempla las consecuencias ante un caso de maltrato psicológico y, en caso de legislarse, Cataluña se convertiría en la primera comunidad del Estado en ponerlo sobre papel
Ayer, el Departamento de Justicia anunció que se realizarán cambios en el Código Civil para que los perpetradores de abuso psicológico puedan perder el derecho a herencia y legítima del testador. El anteproyecto de ley que presentaron Capella y El Homrani en Cornellà hará referencia expresa al maltrato psicológico, englobando desde insultos y palabras vejatorias hasta el abandono emocional como razones válidas para retirar a los perpetradores de la herencia de la víctima. Con esta medida, Justicia espera poder “retirar la ambigüedad que existe actualmente en el Código y adaptar la norma a la nueva realidad social”, ya que actualmente en Cataluña ya habita una población de más de 1.400.000 personas mayores de 65 años, según el Idescat. De acuerdo con la Federació d'Associacions de Gent Gran de Catalunya (FATEC), un 1% de la población anciana, que correspondería a unas 15.000 personas, han sufrido una situación de maltrato.
Ni herencia ni legítima
Esta ley también contempla que, además de que la víctima pueda desheredar a sus abusadores, también les pueda retirar la legítima, especialmente cuando se trate de ancianos dependientes. “Los hijos e hijas que maltraten de cualquier forma a sus padres deben saber que no tocarán un euro, ni de la herencia ni de la legítima”, declaró Ester Capella, quien afirmó que este es “un acto que no se puede banalizar”. La nueva ley aspira a “empoderar a los ciudadanos de tercera edad” en tanto que se proporcionará mayor protección a los testadores y se les otorgará la presunción de credibilidad en caso de maltrato. Por su parte, Chakir El Homrani aseguró que la mitad de los casos de maltrato a ancianos “se suelen dar dentro de la familia, por lo que sólo uno de cada diez casos se denuncia”, así que quedan “invisibilizados y silenciados”.
En 2015, el Tribunal Supremo decretó que serían causas justas para desheredar a los descendientes haber negado sin motivo legítimo los alimentos al ascendiente, haberle maltratado de obra, o haberle injuriado gravemente de palabra pero, hasta la fecha, ningún Código Civil del Estado ha incluido el maltrato psicológico como motivo de forma explícita.
El anteproyecto forma parte de la ley de actualización del Código Civil catalán, en la que también se exigirá que se reduzca el tiempo de reclamación de la legítima, de diez a cuatro años y que, en caso de que esta no se pueda otorgar a los hijos, los ascendentes del testador tengan derecho a una octava parte. En las próximas semanas, el Departamento de Justicia llevará la regulación al Govern para que sea aprobado y tramitado ante el Parlament. Además, El Homrani también anunció que este verano se iniciará un proyecto territorial para reforzar la formación profesional de los servicios sociales, de forma que puedan detectar y prevenir las situaciones de maltrato.
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