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Feria de Girona no quiere al Ejército en Expojove con soldados uniformados

Califica de “desafortunado” comparar las Fuerzas Armadas con juguetes de plástico o cartón de las Ferias Girocómic o Playmóbil

Estand del Ejército en el Sló de l'Ensenyament de Barcelona de 2018.
Estand del Ejército en el Sló de l'Ensenyament de Barcelona de 2018.Albert Garcia

Feria de Girona pretende que se revoque la sentencia que permite al Ejército estar presente en el Salón Expojove con soldados uniformados. Ha presentado un recurso contra la sentencia del 7 de febrero del Juzgado de Primera Instancia 1 de Girona que deberá resolver la Audiencia. Alega que la actuación de Defensa no fue “ajustada a la buena fe” ya que a pesar de aceptar lo establecido por contrato “lo incumplieron de forma patente y clamorosa” entrando vestidos de civiles y cambiándose poco después. También se califica de “desafortunado” justificar un trato “arbitrario y discriminatorio” hacia Defensa comparando la exhibición de uniformes o elementos bélicos con “disfraces o personajes basados en cómics o videojuegos” de las ferias del Cómic o de Playmobil.

El Juzgado estimó la demanda interpuesta contra la exclusión del Ejército de un puesto en la muestra Expojove durante tres años y declaró nulo el acuerdo del Comité Ejecutivo de Fira de Girona que lo aprobó en marzo de 2018. También anuló la condición general de los contratos de participación en ferias organizadas o promovidas por la Feria, incluida en su Código Ético, por la que se prohibía la difusión de elementos bélicos. La sentencia lo calificó de decisión “arbitraria”, comparándola con otras ferias.

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Para Fira de Girona esta sentencia “no es ajustada a Derecho” y la ha recurrido. Mantiene que la actuación del Ministerio de Defensa "no puede considerarse ajustada a la buena fe" ya que en la edición de 2017, inicio de la polémica, aceptaron lo estipulado por el código ético y no impugnaron las normas, pero entraron vestidos de civiles y acabaron vestidos de soldados, con lo que incumplieron "de forma patente y clamorosa" la condición de participar en el salón sin uniforme. Actuaron con una clara "intencionalidad" y con "la voluntad explícita" de incumplir el contrato.

Según el recurso, que Fira de Girona determinara que el Ejército podía acudir al certamen sin uniforme no es “una medida desproporcionada ni arbitraria” ni pretende excluir exclusivamente a Defensa de Expojove, sino “claramente justificada y razonable en relación con la sensibilidad de la ciudad en promoción de la paz”. “No establecía una prohibición absoluta de participación –como apunta la sentencia– sino que se exigía que su presencia fuera sin uniforme militar como única condición”.

También critica la comparativa que hace el juez de la presencia de elementos militares y bélicos en Expojove con la Fira del Cómic, del Manga o en la Fira Internacional de Coleccionismo Playmobil, donde se exhibían personajes vestidos con espadas y armaduras y maquetas y escenificaciones de combates con juguetes. Recuerda en el recurso que en estas ferias de “juguetes” solo se permiten "imitaciones de armas hechas de plástico, cartón u otros materiales que no comporten peligro" y que los dioramas de Playmobil son "recreaciones de episodios históricos hechos con juguetes" y que el "objetivo del código ético no es prohibir la difusión de hechos históricos".

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En este sentido, también se reprocha que el juez, por iniciativa propia, aportase cuatro fotos en sentencia sobre estos juguetes y las utilizase como “prueba” para acreditar la aplicación arbitraria del código ético. Con ello considera que se ha vulnerado el derecho de defensa ya que "se han utilizado fotos y elementos que no han formado parte del debate jurídico ni de la actividad probatoria durante el procedimiento". Además, se justifican con que durante el procedimiento el Ministerio de Defensa “no alegó tratamiento discriminatorio en base a les consideraciones con que lo hace la sentencia”.

Argumentan que no procede la nulidad de pleno derecho del acuerdo del Comité ejecutivo de Fundació Fira Girona del 2 de marzo de 2018 porque es una oferta pública de contratación sujeta a unos términos y a la aceptación de las condiciones generales del oferente, y no al Código civil de Catalunya. Por todo ello, en un recurso admitido a trámite, Fira de Girona pide la revocación de la sentencia.

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