Condenado a cinco años de cárcel por una “brutal y desmedida” agresión a un disminuido psíquico
La víctima fue empujada y golpeada reiteradamente en la cabeza y en el rostro
Luis Carlos M. E. ha sido condenado, por la Audiencia Provincial de Madrid, a cinco años de prisión como autor responsable de un intento de homicidio al agredir con repetidos golpes en la cabeza y en el rostro a un disminuido psíquico en septiembre de 2017. El tribunal le prohíbe aproximarse a su víctima a menos de 1.000 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio durante seis años. Los magistrados, que han aplicado en el fallo el atenuante de intoxicación de sustancias no determinadas, también le han condenado a una indemnización de 8.280 euros, que deberá abonar al perjudicado junto con los intereses correspondientes.
En la sentencia, el tribunal considera probado que Luis Carlos M. E. se encontró con Jesús M., que padece disminución psíquica, en la madrugada del 24 de septiembre de 2017 y le abordó con intención de causarle la muerte. Tras tirarle al suelo y dejarle inconsciente, se colocó encima de él y le golpeó reiteradas veces en la cabeza y en el rostro. A consecuencia de los golpes Jesús sufrió importantes lesiones, “siendo necesario tratamiento médico quirúrgico consistente en ingreso en reanimación del Hospital General de la Paz, con tratamiento multisistémica -limpieza, cura de las heridas faciales; sueroterapia; sedoanalgesia; ventilación mecánica; drogas vasoactivas y cirugía- entre otras medidas”, según recoge la sentencia.
La víctima estuvo hospitalizada 69 días, si bien no se ha acreditado por parte de los peritos forenses que sus funciones cognitivas se hayan deteriorado más a consecuencia del ataque. Los tres magistrados razonan en la resolución que, debido a la “discapacidad de la víctima, así como su falta de recuerdos del hecho, y su confusión general” resulta complicado establecer “un relato seguro de lo ocurrido en base a su testimonio”. Sin embargo, en otro momento del apartado de la motivación jurídica de la sentencia se dice que “es cierto que desconocemos los motivos que llevaron a Luis Carlos a golpear de semejante modo a Jesús. Pero, en realidad, no importa, la agresión en cualquier caso fue brutal y desmedida. Se produjo sobre quien estaba inconsciente y no estaba en condiciones de defenderse”. La policía, según quedó probado en el juicio, acudió al lugar en el que se produjeron los hechos cuando todavía el procesado estaba golpeando a la víctima con la cara destrozada y algún diente en la camisa. Y fueron ellos los que telefonearon a los servicios de emergencia para trasladarle al hospital.
Esta sentencia aún no ha alcanzado firmeza y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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