Condenado un guardia urbano por herir al escolta de Millo en una riña por una multa
El juez impone al agente una pena de multa por un delito leve de lesiones de 180 euros

Un juez de Barcelona ha condenado a una multa de 180 euros a un guardia urbano que lesionó en la pierna a un policía nacional, escolta del exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Millo, cuando forcejeaba con él en una discusión por una infracción de estacionamiento.
En su sentencia, el juzgado de instrucción número 22 de Barcelona condena al agente de la Guardia Urbana de Barcelona por un delito leve de lesiones, al considerar probado que hirió al policía nacional empujando la puerta del coche en que éste se encontraba para impedirle salir. El incidente ocurrió el 25 de octubre pasado en una calle del barrio de la Barceloneta de Barcelona donde estaba estacionado el coche oficial de Millo -con un policía nacional que era su escolta en el interior-, junto al del expresidente del PPC Xavier García Albiol, custodiado por un mosso d'esquadra.
El guardia urbano llamó la atención a los agentes y les conminó a retirar los vehículos del lugar en que estaban estacionados, dado que ocupaban un paso de peatones, una indicación que el mosso d'esquadra acató, mientras que el policía nacional se resistió a hacerlo. Ante esa situación, el urbano advirtió entonces al policía nacional de que debía sancionarlo, lo que derivó en una discusión entre ambos, añade la sentencia.
El policía nacional trató de bajar del vehículo oficial en que se encontraba para encararse con el agente de la Guardia Urbana, que estaba redactando el correspondiente boletín de denuncia. Mientras el policía nacional empujaba la puerta para salir, el agente de la Guardia Urbana trataba de impedírselo, hasta que ambos acabaron forcejeando.
Según el juez, "la insistencia y la fuerza con que el guardia urbano empujaba llegó a lesionar al policía nacional, que no desistía de querer bajar", lo que provocó al agente contusiones en la pierna izquierda que requirieron una primera asistencia médica. Con su actuación, sostiene la sentencia, el guardia urbano "no podía ignorar que estaba realizando un acto de fuerza, de manera reiterada, para vencer la resistencia ajena del sujeto pasivo, y ello de forma persistente (...)".
El magistrado impone al agente de la Guardia Urbana una pena de multa por un delito leve de lesiones, en su grado mínimo, al tener en cuenta "el carácter recíproco de la discusión".
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