Condenado a ocho años de cárcel por drogar a una adolescente y violarla
El hombre administró a la hija de una amiga un zumo mezclado con alcohol y medicamentos para abusar sexualmente de ella
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a ocho años a un hombre que drogó a la hija adolescente de una amiga para después violarla. La condena, dictada en conformidad después de que el acusado haya reconocido los hechos, incluye otros ocho años más de libertad vigilada, una orden de alejamiento de un kilómetro y una indemnización de 5.800 euros para la víctima.
Según informa la cadena SER, que ha tenido acceso a la sentencia, el hombre era amigo de la madre de la víctima y se ofreció a acompañar a la menor, de 15 años, a la iglesia. Pero, en lugar de hacerlo, según ha reconocido él mismo, le administró en la propia casa de la niña un zumo de piña mezclado con alcohol y medicamentos, en concreto tetrazepan —una benzodiazepina que actúa como ansiolítico y relajante muscular que se comercializa como Myolastan— y naproxeno —un antinflamatorio que se emplea en el tratamiento del dolor leve a moderado, la fiebre, la inflamación y la rigidez provocados por enfermedades como artrosis, artritis y tendinitis— "en cantidad suficiente para provocar aturdimiento" según la sentencia.
El agresor aprovechó que la joven quedó semiinconsciente para abusar sexualmente de ella. Sin embargo, la víctima se despertó y le pidió que parase, pero solo dlo hizo cuando se asustó al ver su estado de aturdimiento. Entonces, la llevó al baño para darle una ducha de agua fría. La niña se lo contó todo a la esposa del pastor de la iglesia a la que acudía. "Me han drogado y me han hecho algo muy malo", aseguró la mujer que le dijo la víctima.
El acusado, de nacionalidad paraguaya y que en el momento de los hechos tenía 34 años y ahora 37, reconoció lo ocurrido y pagó los 5.800 euros de indemnización que pedían tanto la Fiscalía como la defensa. La sentencia, al ser de conformidad, ya es firme.
La condena de ocho años y un día de prisión le atribuye un delito de abuso sexual, teniendo en cuenta una atenuante de reparación del daño y una orden de alejamiento de un kilómetro además de otros ocho años de libertad vigilada. La sentencia también establece que el acusado será expulsado del país cuando acceda al tercer grado penitenciario.
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