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La juez rechaza la demanda de la EMT contra EL PAÍS

La magistrada confirma que los trabajadores respiraron fibras de amianto, lo que no significa que hayan o vayan a desarrollar la enfermedad

Las cocheras de la EMT en Fuencarral-El Pardo afectadas.
Las cocheras de la EMT en Fuencarral-El Pardo afectadas.Kike Para

El juzgado de 1ª instancia número 37 ha rechazado la demanda de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) contra EL PAÍS por una información relativa a la inhalación de fibras de amianto por parte de 322 trabajadores durante unas obras en las cocheras de la sociedad municipal. La juez Ana María Álvarez de Yraola rechaza, tal y como pedían los demandantes, que se reconociera mediante rectificación que la noticia era “absolutamente falsa”, porque la afirmación de la EMT es “un rotundo juicio de valor gravemente peyorativo para un medio de comunicación”.

La magistrada señala en su sentencia de 15 folios que “tal supuesta falsedad se sustenta en valoración u opinión [de la EMT], por cuanto la rectificación pretende negar que los trabajadores hayan respirado o inhalado fibras de amianto”. Para la juez el hecho de que los análisis realizados a los 322 empleados de la sociedad municipal y de las contratas no hayan descubierto "presencia de amianto en el organismo de los empleados”, no significa que los “trabajadores no hubieran respirado o inhalado las fibras, tal y como dejó claro el inspector de Trabajo que realizó el primer informe, sino solamente que, por el momento, las pruebas han sido negativas”, tal y como dejaba claro EL PAÍS en su información. “Y otra evidencia de que no es más que una mera opinión subjetiva del demandante el que los trabajadores no hayan respirado fibras de amianto está en que ella misma [la EMT] continúa en la actualidad con el control y seguimiento de los trabajadores, a los que se repetirán las pruebas de acuerdo con el tiempo que marca el protocolo”.

Igualmente, reconoce que la primera información publicada por este periódico, en la que se indicaba que habían respirado durante 10 meses las fibras de amianto, está basada en el informe oficial del inspector que indicó este periodo de tiempo por un "error en el acta", "siendo esta declaración inexacta, y no la del artículo, por lo que no cabe su rectificación". Rectificación, no obstante, que EL PAÍS realizó "en un espacio mayor del inicial",  A pesar de ello, la EMT emitió un comunicado calificando literalmente de "falsas" las informaciones, emitiendo incluso un comunicado oficial y diversos tuits. 

Por ello, la juez considera que no cabe “escrito de rectificación por cuanto el mismo no se ajusta a los requisitos legales y contiene juicios de valor y opiniones”. La magistrada sobresee la causa y da cinco días para presentar recurso de apelación.

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