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El juez procesa a la patronal de Castellón y a Cierval por el fraude de 1,8 millones en cursos de formación

El instructor aprecia indicios de falsedad documental, delitos fiscales y contra la Seguridad Social

Rafael Montero tras ser destituido por la Confederación Empresarial de Castellón.
Rafael Montero tras ser destituido por la Confederación Empresarial de Castellón.ÀNGEL SÁNCHEZ

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Nules ha procesado a dos dirigentes de la Confederación de Empresarios de Castellón (CEC) y la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunidad Valenciana (Cierval), Rafael Montero y José Antonio Espejo, y a tres empresarios por presuntas irregularidades en la gestión de las subvenciones para planes de formación. Aprecia indicios de falsedad documental y de delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social. El juez ha tomado esta decisión tras concluir la instrucción de la causa que se sigue contra la patronal castellonense y la autonómica, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

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La CEC, en manos de una junta gestora tras la dimisión de su cúpula directiva en el verano de 2016 e inmersa en concurso de acreedores desde mediados de 2017, presentó un plan de viabilidad que, de momento, sigue sin respuesta, mientras Cierval está extinguida desde hace un año.

El titular de Nules sostiene que Montero, como secretario general de Cierval y de la CEC, y Espejo como encargado de planes de formación de la patronal castellonense, se concertaron con estos tres empresarios para facturar actividades formativas inexistentes por otras realizadas, emitiendo dos facturas por cada acción. Una de ellas real y la otra sobre la actividad no impartida, abonada directamente por la CEC aun sin existir contrato de por medio ni acreditación formativa por parte de las personas que supuestamente realizaban los cursos complementarios.

El instructor procesa también a la CEC, al Instituto de Fomento y Formación Empresarial de Castellón, dependiente de la anterior, a la patronal autonómica Cierval, y a otras cuatro mercantiles (academias y centros de formación) que supuestamente emitieron las facturas falsas que permitieron el desvío de 1,8 millones de euros concedidos a la CEC por Cierval de los 12 millones que recibió esta última de la Generalitat valenciana.

El expresidente de Cierval, José Vicente González, desvincula a la patronal autonómica de cualquier responsabilidad en este tema. “Cierval no ha hecho nunca formación, ni una sola”, ha señalado a EL PAÍS. Asegura que son “los cursos de la CEC los que están bajo investigación” y que Cierval lo que hacía era firmar las justificaciones que en esta materia le remitían las patronales provinciales (CEV, Coepa y CEC) para remitirlas a la Administración.

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El juez cumple así el mandato de la Audiencia Provincial de Castellón, que el pasado mes de noviembre revocó el primer auto dictado en julio de 2016 por el Juzgado de Instrucción número de 1 de Nules. Consideró entonces que no estaba suficientemente motivado y ordenó dictar una nueva resolución en la que se concretaran con más precisión los datos objetivos de los que se deduce la relevancia penal de la conducta de los investigados.

Ahora, el magistrado dicta ese nuevo auto y concluye que los hechos investigados “revisten carácter de delito”. Procesará a ambos responsables por falsedad documental y delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

En su auto, notificado ya a las partes, el magistrado mantiene que Montero, como secretario general de Cierval y de la CEC y Espejo, como encargado de planes de formación de la patronal castellonense, guiados por “el ánimo de lucro mediante la indebida obtención de fondos públicos”, se concertaron con los empresarios también procesados para que, a través de terceras personas, físicas o jurídicas, interpuestas “se facturasen actividades complementarias inexistentes a otras efectivamente realizadas, de modo que, por cada acción formativa se emitían dos facturas”.

Una de esas facturas, explica el magistrado en la resolución, “se ajustaba a la realidad y era emitida por el centro que había impartido el curso”. La otra, paralela, “no correspondía a acción formativa ni de colaboración alguna, la que se reputa falsa”. Se abonaba directamente por la CEC “por autorización expresa” de Montero y Espejo. Y ello, señala, “pese a no existir vinculación contractual alguna para ello entre la entidad pagadora y esas terceras personas interpuestas”. Éstas, añade el texto, “carecían además de la capacidad, formación o medios necesarios para realizar esas supuestas actividades complementarias, y no constaban como docentes en ninguna de las acciones formativas incluidas en el expediente”.

Dichas personas “no aparecen como docentes en los partes de firmas, ni se efectuó por su parte ningún trabajo de evaluación de la calidad de la docencia”. Tampoco intervinieron en la gestión y ejecución de los cursos, conceptos todos estos “incluidos en las facturas falsas, no estando tampoco dados de alta en la aplicación informática de gestión de los planes de formación FOCVS, imprescindible para efectuar tales labores”.

Posteriormente, recoge el auto, “en fechas próximas a cada uno de los abonos correspondientes a las facturas falsas, alguna de las personas concertadas se personaba en la sucursal bancaria correspondiente y retiraba en metálico la práctica totalidad del dinero transferido, sin justificar el destino dado a tales fondos”.

El auto que transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, pone fin a la instrucción que se inició en julio de 2015 con una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción y deja la causa preparada para la celebración del juicio. El fiscal deberá decidir si procede el archivo de la causa, la apertura de juicio oral o la práctica de diligencias complementarias.

En el supuesto de que el ministerio público entienda que debe celebrarse juicio porque hay indicios de delito, presentará el correspondiente escrito de acusación, imputando las penas que solicita para los acusados. Cumplimentado este trámite, el instructor dictará auto de apertura de juicio oral y dará traslado de la acusación del fiscal a los abogados de los procesados para que, a su vez, formulen el escrito de defensa, según ha recordado el TSJCV.

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