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El jurado decidirá si el presunto descuartizador de Majadahonda mató bajo un estado de locura

Los nueve integrantes recibieron ayer las preguntas del objeto del veredicto y comenzaron las deliberaciones

F. Javier Barroso
Bruno H. V., a la derecha, el primer día del juicio en la Audiencia Provincial.
Bruno H. V., a la derecha, el primer día del juicio en la Audiencia Provincial.jaime villanueva
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Los nueve componentes del jurado que juzga al supuesto descuartizador de Majadahonda, Bruno H. V., recibieron ayer las preguntas que forman el objeto del veredicto. Tendrán que responder si el acusado mató a su tía y a una inquilina entre 2010 y 2015. Dos de las 27 cuestiones se centran en si el procesado actuó bajo un estado de locura, lo que anuló su capacidad de entender el alcance de sus actos. En caso de que respondan de manera afirmativa, Bruno H. V. ingresaría en un centro psiquiátrico y no en la cárcel, al ser inimputable.

La magistrada de la sección 30 de la Audiencia Provincial Pilar Alhambra Pérez entregó ayer el objeto del veredicto, que incluye las 27 preguntas realizadas por la fiscal del caso. La juez dio las instrucciones a los componentes del jurado y les explicó cómo tienen que proceder para que su fallo sea válido. Tras las directrices, la magistrada leyó las preguntas que afectan directamente a Bruno H. V., mientras el acusado la miraba sin hacer ningún gesto, aparentemente ajeno a lo que ocurría.

El objeto del veredicto se divide en cuatro apartados. El primero incluye “los hechos contrarios al acusado”. Comienza con la pregunta de si este mató a su tía Liria H. H. en fecha no determinada después del 13 de abril de 2010. También pregunta si el procesado troceó y destruyó el cuerpo de la víctima “utilizando para ello la máquina picadora industrial Brahel modelo P22 que tenía en el sótano del domicilio propiedad de su tía”. Este se hallaba en el número 6 de la calle de Sacedilla, en Majadahonda. La pregunta 8 se refiere a si el acusado mató a su inquilina Adriana Beatriz G. N. la noche del 1 de abril de 2015. La siguiente también se refiere a si la trituró con la misma picadora.

Al jurado también se le pregunta si el procesado hizo desaparecer “lo que le había quedado de los cuerpos ocultándolos en lugar que se desconoce”. Además, tendrá que determinar si fueron hallados en el domicilio de su padre, en Móstoles, el pasaporte, el permiso de conducir, algunas joyas envueltas en un guante de látex y las llaves del vehículo de Adriana Beatriz G. N. Este coche estaba estacionado en las inmediaciones de la vivienda mostoleña.

Además de homicidio, Bruno H. V. está acusado de los delitos de estafa, falsedad documental y tenencia ilícita de armas. El primero lo cometió, supuestamente, al fundar el 7 de octubre de 2010 la empresa Obras y Reformas XVXXII y girar sendos recibos el 22 de noviembre de 2010 y el 28 de junio de 2011 por valor de 33.227 euros a la cuenta corriente de su tía. Dichos cargos fueron abonados en la cuenta que tenía el supuesto descuartizador en el Banco de Santander.

La fiscalía y la acusación particular también piden que Bruno H. V. sea condenado por falsedad documental. Presuntamente, simuló la firma de su tía en un documento fechado el 1 de julio de 2013, por el que su familiar le alquilaba el chalé de la calle de Sacedilla por un periodo de 15 años y por un pago de 18.000 euros, que nunca llegó a abonar. También simuló, supuestamente, la firma de su tía en otro documento en el que le autorizaba a empadronarse en esa vivienda.

Cañón y silenciador

Los agentes de la Guardia Civil encargados de la investigación hallaron un cañón de la marca H&K del calibre 45 en poder de Bruno H. V., que carecía del permiso para poseerlo. Este cañón es compatible con dos pistolas semiautomáticas que estaban inutilizadas. Además, le decomisaron un silenciador de la marca Brugget, “apto para ser enroscado en el cañón y para ser montado en las mencionadas pistolas”, según el objeto de veredicto. De esta manera, se atenuaba el disparo en caso de ser utilizadas. Tampoco tenía licencia para tenerlo.

Las preguntas más comprometidas y sobre las que incidió de manera insistente la magistrada Pilar Alhambra fueron la 17 y la 18. La primera da por hecho que Bruno H. V. sufre “esquizofrenia paranoide”, por lo que estuvo varias veces ingresado entre 2012 y 2014. Lo que se le pide al jurado es que determine si esa enfermedad “anulaba completamente” su capacidad de entender y comprender el alcance de sus actos. Si los integrantes del jurado dieran una respuesta afirmativa, el acusado eludiría la prisión.

La siguiente reduce la extensión de la enfermedad y se centra en si esta “limitaba parcialmente, aunque de forma intensa, su capacidad de entender y comprender el alcance de sus actos”. En este caso, se podría aplicar una eximente incompleta en la condena, con la consiguiente reducción de prisión.

El objeto del veredicto pregunta ya abiertamente al jurado en las preguntas 19 a la 25 si Bruno H. V. es culpable de los cuatro delitos de los que ha sido acusado. La batería de preguntas se cierra con dos cuestiones recogidas como obligatorias en la Ley del Tribunal del Jurado. Sus componentes deben responder si se le pueden aplicar al acusado los beneficios de la remisión de la condena, en caso de que concurran los requisitos exigidos por la ley. De esta forma, se deja en suspenso el ingreso en prisión si no vuelve a delinquir. La última recoge si se estima conveniente proponer al Gobierno central el indulto total o parcial de las penas que se le impongan al acusado.

Retirados a deliberar a un hotel de Madrid

Los nueve miembros del jurado recibieron el objeto de veredicto cerca de la una de la tarde. Se trasladaron a un hotel de la capital, donde permanecerán aislados y sin comunicación con el exterior hasta que alcancen un veredicto. La Ley del Tribunal del Jurado no marca un límite temporal para responder a las preguntas. Eso sí, el artículo 57 permite al presidente del tribunal llamar a sus componentes a una vistilla y solventar junto al resto de las partes personadas las cuestiones que no puedan solucionar ellos mismos.

Todos los miembros del jurado tienen obligación de votar a cada una de las preguntas del objeto del veredicto, bajo pena de multa en caso de no hacerlo. Para exculpar al acusado, basta la mayoría simple (cinco votos sobre cuatro), mientras que para condenar se requiere una mayoría cualificada (mínimo de siete votos a favor sobre nueve).

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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