El derrumbe de una escombrera en Samos llega a juicio 11 años después
El exconcejal de Urbanismo y dueño de la cantera que provocó el delito ecológico afronta cuatro años de prisión
A finales de noviembre de 2006 se produjo un derrumbe en una escombrera situada en la zona de explotación de una cantera del municipio lucense de Samos que administraba la empresa Pizarras del Oribio, SL. El suceso afectó al río Castelo en un tramo de aproximadamente tres kilómetros y a numerosas fincas adyacentes, arrasando con la vegetación y las especies arbóreas, además de provocar la destrucción de un mazo, un puente, varios molinos centenarios, presas, caminos vecinales y muros existentes en los predios. El juicio ha arrancado este miércoles en la Audiencia Provincial de Lugo, 11 años después, y se sientan en el banquillo los dos acusados, el exconcejal socialista José Manuel Pérez Rodríguez y su socio, ambos propietarios de la cantera, por un delito contra los recursos ecológicos y el medio ambiente.
Fue uno de los más graves sucesos medioambientales que recuerdan los habitantes de Samos, ya que se produjo en un espacio natural protegido por la Red Natura de Ancares-Courel de interés comunitario. Alteró la fauna del ecosistema puesto que miles de toneladas de escombro de la cantera quedaron depositadas en el lecho del río. Los árboles de la ribera fueron arrastrados y el hábitat prioritario existente en esa zona sufrió una situación de carácter crítico, ya que resultaron afectados lugares de alimentación y refugio de diferentes especies de anfibios y aves ripícolas, muchas de las cuales están incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.
Pérez Rodríguez era entonces concejal del PSOE y responsable del área de Urbanismo en el Ayuntamiento de Samos. El fiscal pide para ambos empresarios una condena de cuatro años de prisión, otros tantos de inhabilitación como administradores mercantiles y les impone el pago de más de 136.000 euros de indemnizaciones con los correspondientes intereses de demora.
La fiscalía establece en su escrito de acusación que el exedil y su socio indemnicen a la Confederación Hidrogáfica Miño-Sil y a la Xunta de Galicia con 36.385 euros por los daños causados en los bienes de dominio público y espacio protegido que derivó en la paralización de las actividades de la cantera.
Según la investigación judicial, la explotación pizarrera carecía de licencia municipal de apertura y no contaba con las modificaciones previstas en el plan de restauración incluido en la Declaración de Impacto Ambiental, que establece la obligación de remodelar o acondicionar la topografía alterada, incluidos los terrenos de la explotación de la cantera que se encontraban en un espacio de especial protección.
El derrumbe de la escombrera alcanzó la propiedad privada de diez vecinos y afectó a zonas de monte vecinal de los comuneros de Toca. Ocasionó también daños a espacios de dominio público cuyo valor de restauración superó los 29.000 euros, además de los más de 7.000 euros que hubo que invertir para la replantar el bosque de ribera.
En el momento de producirse los hechos la empresa tenía suscrita una póliza con una compañía aseguradora por lo que la entidad Pizarras del Oribio será la responsable civil subsidiaria para hacer frente a las cuantías económicas que estipule la sentencia. Ambos acusados ya habían adelantado en 2015 una fianza de 165.000 euros para cubrir las cantidades derivadas de la multa solicitada y de los daños derivados del derrumbe que contaminó el río Castelo.
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