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El TSJA anula un concurso de cesión de derechos mineros a Matsa

El Tribunal considera que la adjudicación vulnera los principios de igualdad, objetividad y transparencia

Naves de Matsa para almacén de mineral antes de su tratamiento.
Naves de Matsa para almacén de mineral antes de su tratamiento.Paco Puentes

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado parcialmente el recurso de Emerita contra la adjudicación a Matsa, empresa en la que trabajó la hija del expresidente andaluz Manuel Chaves, de los derechos de explotación minera en Huelva y anula el concurso por "valoración arbitraria".

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA estima parcialmente el recurso de Emerita, que concurrió al mismo concurso, y decreta "la nulidad de la adjudicación al vulnerar los principios de igualdad, objetividad y transparencia".

El tribunal ordena "anular el procedimiento de adjudicación" y repetir la valoración de las ofertas "abiertas y admitidas" que excluyen dos criterios que se incorporaron durante el concurso a través de un documento "interno" y sin el correspondiente anuncio para permitir que el resto de empresas que optaba pudieran incluirlos en sus ofertas o impugnarlos.

El concurso para la adjudicación de los derechos mineros de explotación en las localidades onubenses de Paymogo y Puebla de Guzmán se resolvió en abril del 2014 a favor de la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsa), empresa que tuvo que devolver una ayuda que le concedió la Junta en el 2009 siendo presidente Manuel Chaves porque éste no se inhibió en la reunión del Consejo de Gobierno que aprobó dicho incentivo pese a que su hija trabajaba en la empresa.

Emerita impugnó judicialmente la resolución del concurso por los derechos mineros en Huelva ante el juzgado de lo contencioso-administrativo numero 13 de Sevilla, que desestimó su demanda en un fallo del 14 de septiembre del 2016. Emerita recurrió esa sentencia ante el TSJA que ahora ha estimado parcialmente su recurso.

El alto tribunal andaluz no considera que en la adjudicación se produjera "indefensión" a Emerita ni "falta de transparencia" por parte de la Consejería de Economía pese a la "falta de diligencia e improvisación en la entrega del expediente y la documentación oportuna" por parte de la administración.

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Pero sí da la razón a Emerita en que la adjudicación a Matsa se basó sobre todo en la valoración de unos criterios, referidos a su posesión de derechos sobre explotaciones cercanas a las que se licitaban en el concurso, que fueron incorporados a posteriori a través de un informe técnico de la Mesa del concurso, un "documento interno" que no fue "publicado en el anuncio" del mismo.

Por ello, el TSJA considera que se produjo "una valoración arbitraria de las ofertas favoreciendo a un licitador en detrimento de otros", por lo que "procede anular el procedimiento de adjudicación y retrotraerlo a la valoración de las ofertas abiertas y admitidas excluyendo los criterios de valoración" introducidos posteriormente "por ser contrarios a derecho".

Contra esta resolución del TSJA no cabe recurso por lo que la Junta tendrá que volver a valorar las ofertas y resolver de nuevo la adjudicación de los derechos sobre los derechos mineros de las explotaciones onubenses.

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