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El Ayuntamiento vulneró los derechos de una mando de la Policía Municipal

Los jueces reprochan que ignoraran dos informes médicos de la oficial Rosa María G. D.

F. Javier Barroso
Dos policías municipales vigilan la calle de Preciados.
Dos policías municipales vigilan la calle de Preciados.carlos rosillo

1.000 euros en costas judiciales

El recurso del Ayuntamiento a la sentencia condenatoria le va a suponer un desembolso de 1.000 euros en costas procesales. Ese es el tope que han fijado los jueces al comprobar que el Consistorio ha visto desestimadas sus pretensiones.

Este recurso sentó muy mal en la cúpula policial, ya que la primera sentencia era contundente contra el Ayuntamiento. En otro caso similar, como la concesión del cargo de subinspectora a una oficial que ahora es asesora del director de la Policía Municipal no se recurrió.

La cúpula de la Policía Municipal de Madrid (6.400 agentes) vulneró los derechos fundamentales de la subinspectora Rosa María G. D. al trasladarla a un destino (la unidad de Moratalaz) pese a no estar en condiciones físicas y psicológicas para desarrollar ese trabajo. Así lo han confirmado los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que han mantenido el fallo del Juzgado número 19 de lo contencioso-administrativo. Los jueces condenan al Ayuntamiento al pago de las costas procesales.

Este es el tercer varapalo judicial que recibe la dirección política de la Policía Municipal tras los cambios en la cúpula. Los mandos acudieron a los juzgados al entender que los nombramientos habían sido arbitrarios y que no se respetaban las escalas ni la formación de los nombrados.

La primera en frenar las aspiraciones de la dirección política fue la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 19, María del Mar Coque Sánchez, que anuló de manera cautelar el nombramiento de Rosa María G. D.  como responsable de la unidad de Moratalaz. La magistrada se basó en dos informes de aptitud psicofísica laboral del pasado 8 de enero y de 19 de enero: “Si la Administración está dispuesta en asumir los riesgos que puede suponer que Rosa María García Durán esté en un puesto operativo (trabajo en la vía pública) con porte de armas, lo cierto es que los intereses generales que debe valorar y ponderar esta juez en este momento procesal no pueden ser otros que los que representa la seguridad ciudadana”.

La misma juez falló en contra del Ayuntamiento el pasado 27 de diciembre, al dejar sin efecto el nombramiento de la mando. Los servicios jurídicos del Consistorio recurrieron ante el TSJM, alegando que no se había vulnerado la salud ni la integridad física de la mando policial. También adujeron que la valoración de la prueba realizada por parte de la magistrada fue errónea.

El fallo del Tribunal Superior, cuyo ponente ha sido el magistrado Santiago de Andrés Fuentes, hace un duro reproche a la dirección política de la Policía Municipal: “Pese a la claridad y rotundidad de los informes médicos, emitidos por los servicios dependientes del propio Ayuntamiento apelante, se procede a adscribirla a un nuevo puesto de trabajo que, a la postre, no puede ejercerse por la misma en la situación física y psíquica en que se encontraba, sin justificarse en modo alguno el concreto porqué de la adscripción a ese concreto puesto de trabajo”.

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“Innecesaria penosidad”

Los jueces reprochan que la medida carece de justificación y que además agravaba “objetivamente la situación psicofísica” de la mando policial. “Se le impuso una absolutamente innecesaria penosidad en su trabajo a sabiendas de la lesividad para la misma de dicha situación y sin adoptar previamente medida precautoria de ninguna índole”, afirma la sentencia. “Las decisiones adoptadas estaban completamente alejadas de la finalidad que las mismas habían de perseguir, so pena de la vulneración de los derechos fundamentales a la integridad física y moral, consagrados en el artículo 15 de la Constitución”, añade.

El TSJM defiende el recurso de la mando policial y recuerda que el traslado a Moratalaz suponía un demérito hacia el resto de compañeros. Según los jueces, se diluye su profesionalidad y contribuye a generar dudas sobre su capacidad profesional. Y todo ello, “con las concomitancias que ello tiene a la hora de afectar a la salud psíquica de la propia funcionaria”.

Los magistrados reprochan al Ayuntamiento que en un principio se dijera que no había otro puesto de trabajo para Rosa María G. D. y que posteriormente, tras dictarse el auto de medidas cautelares, se la trasladase a un destino acorde a su situación personal: “Resulta que parece ser que sí existía otro puesto de trabajo al que podía ser adscrita la hoy apelada y que, en principio, y sin prejuzgar la cuestión, bien parece mucho más adaptado”.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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