La Abogacía del Estado: Olivas cobró de Cotino por un “favor inconfesable”
Las acusaciones mantienen la petición de cárcel para el expresidente valenciano
La Fiscalía y la Abogacía del Estado han insistido este miércoles en que el empresario Vicente Cotino pagó medio millón de euros a José Luis Olivas, expresidente del Gobierno valenciano y en aquel momento máximo responsable de Bancaja, como contraprestación a un “favor inconfesable”.
Las acusaciones han mantenido su petición de tres años de prisión para Olivas y Cotino, dueño de Sedesa y sobrino del exvicepresidente de la Generalitat Juan Cotino, por fraude fiscal y falsedad documental.
Ambos han defendido en la última sesión del juicio que el pago respondió a la labor de Olivas por hacer de conseguidor en la compraventa de una participación accionarial. La que Sedesa tenía en Proyectos Eólicos Valencianos.
Las acusaciones han rechazado tal explicación, argumentando que nada acredita el servicio. Y han mantenido que Cotino pagó en realidad a Olivas por “algún favor que no han querido confesar porque es ilícito”. Y que la facturación entre Sedesa y la sociedad que Olivas compartía con su esposa fue falsa, y se utilizó simplemente como un medio para “justificar el pago” de los 580.000 euros.
Las acusaciones han destacado las contradicciones manifestadas por los acusados. La esposa de Olivas, que solo está acusada por la Abogacía del Estado, ha admitido que firmó a petición de su marido un informe para justificar el servicio cinco años después de cuando, teóricamente, fue redactado.
El informe lleva fecha de 2008, cuando se produjo la venta accionarial de Sedesa. Pero fue firmado cinco años después, cuando la Agencia Tributaria reclamó a Olivas la justificación del trabajo que alegaba haber realizado para Cotino.
El documento tiene tres páginas y no aporta, según las acusaciones, ningún dato relevante para la compraventa accionarial. Y va firmada como autora por la mujer de Olivas, a pesar de que es farmacéutica y ha admitido ante el tribunal no tener conocimientos sobre energías renovables.
Las defensas han insistido en que las acusaciones no han aportado pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia de sus clientes. Y han alegado el amplio campo de las funciones de un conseguidor, basadas en contactos y en influencias, aunque estos no hayan dejado huellas de que el trabajo realmente se prestó.
Olivas, para defenderse, ha mantenido que realizó una labor en todo caso poco clara desde el punto de vista ético. Su relato señala que aceptó asesorar a Cotino para vender a Iberdrola su participación en Proyectos Eólicos Valencianos, una empresa de molinos de viento en la Comunidad Valenciana. Y ello a pesar de que Olivas era consejero de Iberdrola, en su condición de presidente de Bancaja. Y de que la propia Bancaja era socia de Proyectos Eólicos Valencianos; la venta de las acciones de Cotino incluía también la participación de Bancaja.
Iberdrola no llegó a materializar la compra, porque Endesa, la tercera socia de Proyectos Eólicos Valencianos, hizo efectivo su derecho de tanteo sobre las acciones de Cotino y Bancaja.
Las eléctricas no han avalado en el juicio que Olivas interviniera en la venta. Los acusados han sostenido que la operación reportó a Cotino un 15% más de lo que las acciones valían entonces en el mercado.
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