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Ortiz es absuelto de un fraude fiscal de seis millones de euros

El empresario alicantino vuelve a salir indemne de una causa penal

El empresario Enrique Ortiz tras declarar en el Tribunal Superior de Justicia.
El empresario Enrique Ortiz tras declarar en el Tribunal Superior de Justicia. JOSÉ JORDÁN

El empresario alicantino Enrique Ortiz ha vuelto a salir indemne de una causa penal. Unos meses después de quedar exonerado de un delito de tenencia ilícita de armas, un juzgado acaba de absolverle de un fraude fiscal de seis millones de euros por el que se enfrentaba a una petición de un año y cuatro meses de cárcel.

El promotor tiene pendiente otros procesos judiciales relacionados con la trama de corrupción destapada con la Operación Brugal, o el juicio por la financiación ilegal del PP de la Comunidad Valenciana a través de la red Gürtel, una causa en la que ha confesado tras pactar una condena menor con la fiscalía.

Junto a Ortiz, el juzgado de lo Penal 1 de Alicante a otros cuatro acusados, entre ellos al presidente de Hansa Urbana, Rafael Galea, implicado a su vez en el caso Novo Carthago, que salpica al expresidente de Murcia Ramón Luis Valvárcel.

La magistrada Teresa Belmonte no ha apreciado ningún ánimo defraudatorio en la operación inmobiliaria que permitió a Hansa, aplicarse una deducción fiscal mediante el alquiler de 11 fincas rústicas a dos constructoras, una de ellas controlada por Ortiz.

Para la juez, se trata de una "cuestión compleja, discutida y discutible" suscitada a partir de la interpretación de la normativa, lo que a su juicio excluiría incluso una sanción administrativa.

Los hechos se remontan a octubre de 2005, cuando Hansa alquiló a ambas constructoras unos terrenos ubicados en una zona de expansión urbanística en la Playa de San Juan para lo siguientes cinco años por un precio de 7,5 millones de euros más IVA.

Unos meses más tarde, en abril de 2006, la promotora, que estaba participada en esa época por la la extinta CAM, vendió los terrenos a otra sociedad de Ortiz, Viviendas del Mediterráneo Orvi SA, por casi 43 millones.

La operación le reportó a Galea una plusvalía de 30,5 millones, pero al mismo tiempo le permitió deducirse del Impuesto de Sociedades otros 6 millones tras una maniobra de ingeniería contable.

Hansa Urbana consignó ese suelo como 'inmovilizado', en lugar de existencias o activo circulante y ese cambio le permitió aplicarse una deducción por reniversión de beneficios extraordinadorios.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado mantuvieron en el juicio celebrado el pasado mes de julio que el alquiler no respondía a una operación real, sino que se trataba de un pago a cuenta por la venta posterior, por lo que la deducción era indebida.

No obstante, la magistrada cree que no hay pruebas que sustenten esa tesis y constaten que se haya causado un perjuicio a la Agencia Tributaria.

Al contrario, en su opinión, es "perfectamente lícito, legal e indiscutible" que Ortiz y sus socios trataran de situarse en una buena posición ante una posible enajenación futura de las fincas.

La sentencia, hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Valencia, recuerda que tampoco los inspectores de Hacienda apreciaron en sus actas "ocultación en la contabilidad o en las declaraciones practicadas" y dieron su conformidad a las liquidaciones del Impuesto sobre Sociedades.

En definitiva, en la vista oral no ha quedado acreditado que los arrendadores "se prestaran a participar en una eventual defraudación tributaria de la arrendadora".

Una cláusula permitía a Hansa resolver el alquiler y recuperar la posesión de las fincas si había visos de que éstas fueran recalificadas como urbanizables, lo que "descarta de forma lógica y razonable" que el contrato sirviera para maquillar la compra posterior.

El fallo, que puede ser recurrido antes de diez días en la Audiencia Provincial de Alicante, atribuye el proceso a una cuestión de mera interpretación de la normativa fiscal, que no es del todo explícita en estos casos.

Así, las diferencias entre la partida de inmovilizado de una empresa (el patrimonio sin un destino claro a corto plazo) y su activo circulante (por el que se espera obtener un beneficio) son difusas en el sector inmobiliario.

Las discrepancias entre Hacienda y Hansa se deberían haber resuelto en el plano administrativo, pero no en el penal, según Belmonte.

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