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El Supremo rebaja la condena al exdiputado de CiU Xavier Crepso

El alto tribunal no ve delito de prevaricación y baja de 9 a solo dos años y medio la pena de inhabilitación

Jesús García Bueno
Xavier Crespo a su llegada al juicio.
Xavier Crespo a su llegada al juicio.GIANLUCA BATTISTA

El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de forma sustancial la condena contra el exalcalde de Lloret de Mar y exdiputado de Convergència i Unió (CiU) Xavier Crespo. El Supremo rectifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y considera que Crespo no cometió un delito de prevaricación. La condena a nueve años de inhabilitación queda, ahora, rebajada a solo dos años y medio por un delito de cohecho.

El Supremo confirma que el exalcalde recibió regalos del empresario ruso Andrei Petrov, que estaba desarrollando un centro comercial en Lloret. A cambio de un viaje a Moscú con su familia y de un reloj de lujo valorado en 2.000 euros, Crespo bonificó a la empresa de Petrov perdonándole el pago de una tasa municipal. El alto tribunal considera, en cambio, que no hay pruebas suficientes de que Crespo presionara a los técnicos municipales, al secretario y al interventor del Ayuntamiento para que aprobaran la bonificación fiscal.

No hay, por tanto, delito de prevaricación, que castiga a quienes aprueban una resolución (en este caso, el beneficio para el empresario) a sabiendas de que no se ajusta a le ley. Por este delito, Crespo fue condenado a siete años de inhabilitación. La sentencia también absuelve por prevaricación al resto de implicados: el exconcejal de Urbanismo Josep Valls y el propio Petrov. En consecuencia, el Supremo también les absuelve del pago, de forma solidaria, de 133.754 euros al Ayuntamiento de Lloret, la cantidad con la que la empresa de Petrov, Development Diagnostic Company (DDC) fue beneficiada.

La condena incluye la pena de dos años y medio de inhabilitación para el desempeño de cualquier empleo o cargo público. El exdiputado de Convergència también deberá pagar una multa de 450.000 euros por el delito de cohecho pasivo. Además del viaje a Moscú y el reloj, Petrov pagó durante cuatro temporadas (90.000 euros cada uno) los clubes de hockey y fútbol de la localidad. La esposa de Crespo era vicepresidenta del club de hockey.

Crespo se ha librado del delito de prevaricación gracias, en parte, al expresidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Miguel Ángel Gimeno. En la sentencia inicial, Gimeno discrepó de sus compañeros y emitió un voto particular en el que considera que los hechos no constituyen el delito de prevaricación. Gimeno, que hoy dirige la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) señalaba entonces que la bonificación estaba "avalada por informes técnicos" y fue aprobada por el pleno. Ese "respaldo" elimina el delito de prevaricación.

A esos y otros argumentos se sumó la defensa de Crespo, que ejerce el penalista Manuel González Peeters, en su recurso ante el Tribunal Supremo. También ha acogido el razonamiento del magistrado catalán el ponente de la sentencia del Supremo, Juan Ramón Berdugo, para descartar la prevaricación.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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