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La juez absuelve a Crespo y su familia de ocultar un premio de lotería

El fallo no ve acreditado que el expresidente de Emarsa ocultara boletos premiados

Cristina Vázquez
Los acusados del 'caso Emarsa', entre ellos con chaqueta y corbata, Crespo.
Los acusados del 'caso Emarsa', entre ellos con chaqueta y corbata, Crespo. MÒNICA TORRES
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El Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia ha absuelto al exalcalde de Manises y expresidente de la Entidad Metropolita de Aguas Residuales (Emarsa), Enrique Crespo, y a familiares suyos, de ocultar el dinero de un sorteo de la Lotería de Navidad para eludir el pago de las responsabilidades civiles por el caso Emarsa, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La magistrada los ha absuelto del delito de insolvencia punible por el que la Fiscalía solicitaba tres años de prisión porque no resulta acreditado que parte de los décimos de lotería premiados y de las participaciones premiadas que fueron cobrados por su hermano y sus padres, fueran del expresidente de Emarsa.

Tampoco se ha probado que Crespo concertara con sus padres y hermano para simular que los agraciados eran éstos para eludir el embargo que sobre su patrimonio era previsible que dictara el Juzgado de Instrucción 15 que investigaba irregularidades en la depuradora de Pinedo que el exalcalde de Manises presidía.

La sentencia explica que “no resulta suficientemente acreditado” que el expresidente de Emarsa fuera poseedor de más de un décimo agraciado con el segundo premio de la Loteria de Navidad de 2011.

"En absoluto resultan probados los hechos denunciados, o, al menos, surgen dudas sobre su comisión”, recoge la sentencia, que añade: “Estas dudas deben operar en beneficio de los acusados, procediendo dictar una sentencia absolutoria (…) al no haberse acreditado en el juicio oral con la certeza que exige el respeto al principio “in dubio pro reo”, que los acusados (…) se concertaran para debilitar de forma significativa el patrimonio de Enrique crespo”.

La sentencia, en la que se relaciona la “abundante prueba de descargo” aportada por los acusados y la debilidad de las pruebas existentes contra los acusados, es recurrible ante la Audiencia Provincial de Valencia.

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Sobre la firma

Cristina Vázquez
Periodista del diario EL PAÍS en la Comunitat Valenciana. Se ha ocupado a lo largo de su carrera profesional de la cobertura de información económica, política y local y el grueso de su trayectoria está ligada a EL PAÍS. Antes trabajó en la Agencia Efe y ha colaborado con otros medios de comunicación como RNE o la televisión valenciana À Punt.

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