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La Fiscalía de Pontevedra recurre al Constitucional para anular una sentencia

El ministerio público apela por primera vez al alto tribunal tras absolver la Audiencia a un empresario de Sanxenxo que ocultó a Hacienda los dividendos de pelotazos urbanísticos

Edificio de Meaño donde estaba domiciliada una de las firmas de Martín.
Edificio de Meaño donde estaba domiciliada una de las firmas de Martín.CARLOS PUGA

La Fiscalía de Pontevedra ha decidido recurrir al Tribunal Constitucional para que resuelva el incidente de nulidad contra una sentencia de la Audiencia de Pontevedra que absolvió en apelación al empresario de Sanxenxo Roberto Martín, hermano del político del PP, Telmo Martín, que había sido condenado a tres años y medio y multa de dos millones de euros por dejar de tributar los dividendos de varias operaciones inmobiliarias a través de sociedades interpuestas.

La Sección Cuarta de la Audiencia estimó el recurso del empresario lo que provocó que el fiscal y el abogado del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, pidieran la nulidad de la sentencia firme, petición que acaba de rechazar la Sala por lo que el incidente llegará al Constitucional

Es la primera vez que la Fiscalía de Pontevedra plantea un incidente de nulidad contra una sentencia firme ante las máximas instancias de la judicatura, según confirmaron fuentes judiciales. Un hecho insólito que se produce por agotamiento de los recursos en la Audiencia Provincial y que ya no se contempla con la última reforma del Código Penal que abre la vía de la apelación a los tribunales superiores.

La sentencia del Juzgado de lo Penal de Pontevedra, que revocó la Audiencia, se fundamenta en que Roberto Martín había creado una maraña de empresas para ocultar el IRPF de pelotazos urbanísticos. En Sanxenxo, el empresario compró varias fincas por 649.000 euros y tres meses después las vendió en 1,3 millones. Lo mismo hizo en A Illa de Arousa, donde pagó por unas parcelas 360.000 euros que luego vendió por 900.000. El fiscal y el abogado del Estado le acusaron en principio de tres delitos, dos de ellos por el impuesto de sociedades, pero luego se limitaron al referido al IRPF aunque agravado por la utilización de sociedades interpuestas.

La Sección Cuarta estimó los argumentos del abogado del empresario José Fernández Iglesias, del despacho de Garrigues en Vigo, que invocó la indefensión de su cliente durante el juicio, alegando que donde había inicialmente tres delitos luego se quedó en uno solo, aunque con un tipo impositivo distinto y más elevado del IRPF, a propuesta de las acusaciones públicas.

La Audiencia desestimó la pasada semana el incidente de nulidad del fiscal y abogado del Estado contra su fallo absolutorio en el que las acusaciones plantearon la interpretación ilógica del tribunal de los principios acusatorios, de contradicción y del derecho de defensa así como errores en la valoración de la prueba de la sentencia de la que fue ponente la magistrada Cristina Navares Villar.

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Pero el auto de la Sala dice que el único motivo que en principio tendría cabida para proponer la nulidad de la sentencia es el relativo a la ausencia de hechos probados, mientras los otros dos “no dejan de ser una valoración discrepante respecto al criterio del tribunal”. Cree que por parte de las acusaciones públicas se modificó la calificación jurídica rebajando la condena pero sin hacer una acusación alternativa por defraudar el IRPF agravado por la utilización de sociedades interpuestas. Y sobre los errores en la valoración de la prueba concluye la sala que este argumento ha sido una “extralimitación impropia”.

Este es el segundo choque entre la fiscalía, la abogacía del Estado y la Sección Cuarta de la Audiencia por una sentencia donde aparecen los mismos protagonistas. En las últimas semanas la sala anuló otra, por la que obligó al juzgado a repetir el fallo que condenaba a una cooperativa de Marín por fraude de IVA, prevaleciendo así el criterio de la misma magistrada ponente en línea con la defensa ejercida por el mismo abogado que defendió a Roberto Martín.

Pero la titular del juzgado número 3 de Pontevedra repitió la condena a la Cooperativa San Miguel y a su presidente en base a los mismos argumentos acusatorios del fiscal, Augusto Santaló, y del abogado del Estado, Juan Vázquez Seijas, los mismos que promovieron el incidente de nulidad de la sentencia firme favorable a Roberto Martín.

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