Absuelto el exalcalde de Salt de abusos sexuales a una asesora de UDC
La sentencia no da verosimilitud a los supuestos tocamientos de Jaume Torramadé
La juez del penal número 5 de Girona ha absuelto al expresidente de la Diputación de Girona y exalcalde de Salt, Jaume Torramadé, de haber abusado sexualmente de Minerva Amador, asesora de UDC, en la cena del 8 de noviembre del 2012 de inicio de campaña electoral. La sentencia, que no da verosimilitud a la denunciante, considera que ninguno de los hechos denunciados, los tocamientos “insistentes” en rodillas, genitales y pechos, “han sido probados a tenor de la prueba practicada”.
La sentencia recoge que el acusado estaba “eufórico”, pero que no ha quedado acreditado que en el transcurso de la cena, ni posteriormente, le realizara “ningún tocamiento sorpresivo y fugaz en las zonas erógenas o sus proximidades”. Únicamente habrían sido “contactos físicos fuera de las zonas citadas, en concreto en la mano, hombro, rodilla o brazo, y no de manera acumulativa”. Además, la juez recoge el testimonio del político y mantiene que “eran con la única intención de reforzar la idea de que debía ejercer un papel más relevante”, ya que era la número 15 de la lista municipal de CiU.
No existe a criterio de la juez verosimilitud en el relato de la denunciante, “porque todos los testigos directos que estaban en el lugar de los hechos no vieron ningún hecho ilícito y por pura lógica, con la escasa distancia entre comensales se hubiera apreciado”. Además, mantiene que la víctima “no ha sido persistente, porque en su declaración en sede de instrucción con la desarrollada en la denuncia no son exactamente coincidentes”. Así apunta que, la verosimilitud de un hecho no significa que sea cierto, y en este caso “no existe ningún testigo que corrobore su versión, ni los testigos de referencia han aportado ni uno de los elementos que permita sustentar una sentencia condenatoria”.
Según la juez al existir dos versiones contradictorias de los hechos, “resultando lógica la versión ofrecida por el acusado, y sin que a su criterio la declaración de la testigo sea suficiente”. Sumado a que no concurre ninguno de los requisitos para poder enervar la presunción de inocencia, junto con la declaración de los testigos directos de los hechos, lleva a dictar la absolución. Añade además la resolución que por la valoración de la prueba efectuada en la vista oral, “que ni siquiera introduce indicios bastante plurales, con el rigor exigible a toda condena penal”, procede decretar la libre absolución.
La fiscal solicitaba para Torramadé, por un delito de abusos sexuales, 3.200 euros de multa y 1.000 de indemnización y la acusación particular, dos años de cárcel y 20.000 euros. La defensa, ejercida por Manel Mir, pedía la absolución. El letrado se ha mostrado muy satisfecho con la sentencia.
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