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La Comunidad amplía hasta los 18 meses la tarifa de 50 euros para autónomos

Se beneficiarán unos 18.000 emprendedores, que tendrán un ahorro superior a 3.900 euros en el primer año y medio, según Cifuentes

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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado extender hasta los 18 meses la tarifa plana de 50 euros de cotización a la Seguridad Social con la que el Estado bonifica a los emprendedores durante los primeros seis meses de su actividad. Así lo ha anunciado hoy la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, en una comparecencia ante los medios tras la reunión semanal de su equipo.

Gracias a esta medida, los autónomos que emprendan un negocio verán la bonificación que reciben del Estado se extender de seis a 18 meses, periodo en el que pagarán sólo 50 euros de cotización a la Seguridad Social.

Según Cifuentes, más de 18.000 emprendedores se beneficiarán de la extensión por un año que promueve la Comunidad, y tendrán un ahorro superior a 3.900 euros en el primer año y medio. La presidenta de la Comunidad de Madrid ha avanzado que la medida tendrá efecto retroactivo desde el pasado 18 de octubre.

Podrán beneficiarse de esta medida los autónomos que se hayan dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social y que estén disfrutando o hayan disfrutado de la tarifa plana de autónomos del Estado de 50 euros desde el 10 de octubre de 2015, fecha de entrada en vigor de la nueva Ley que reforma el Estatuto del Trabajo Autónomo.

La consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Engracia Hidalgo, ha especificado que los beneficiarios deberán realizar su actividad en la región y mantener durante los 12 meses adicionales las condiciones que dieron derecho a esta bonificación, además de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Podrán beneficiarse tanto autónomos como socios de cooperativas de trabajo asociado o de sociedades laborales encuadradas en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Según Hidalgo, en Madrid hay más de 375.000 autónomos, y 94.000 de ellos tienen ya trabajadores a su cargo, un 25% más que hace un año.

En concreto, según Hidalgo, los trabajadores que se hayan dado de alta después de febrero de 2016 podrán presentar la solicitud desde la publicación del acuerdo aprobado hoy, a partir del tercer mes desde el alta inicial de trabajador autónomo y hasta el último día del séptimo mes de dicha alta.

Para los trabajadores cuya alta inicial en el Régimen Especial está comprendida entre octubre de 2015 y febrero de 2016, el plazo de solicitud de la ayuda será de tres meses desde la publicación de este acuerdo en el BOCM.

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