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Rita Maestre condenada a pagar 4.320 euros por el asalto a la capilla de la Complutense

Deberá pagar 12 euros diarios durante 12 meses por ofensas a sentimientos religiosos

Maestre llega al juzgado acompañada de su abogado.Foto: atlas | Vídeo: Kike Parra
J. A. Aunión

La concejal del Ayuntamiento de Madrid Rita Maestre (de Podemos y Ahora Madrid) ha sido declarada culpable y condenada a pagar 4.320 euros (12 euros diarios durante 12 meses) por ofensas a sentimientos religiosos más la mitad de las costas por participar en una protestas en 2011 en una capilla de la Universidad Complutense. El fiscal pedía un año de cárcel por un delito contra los derechos religiosos. El otro acusado, Héctor Meleiro, de 21 años cuando sucedieron los hechos, ha sido absuelto de los delitos contra los sentimientos religiosos. Maestre va a recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial, según ha comunicado su abogado, Gonzalo Martínez-Fresneda, en una nota. 

La juez Esther Arranz Cuesta considera como hechos probados que la acusada "en unión y de acuerdo con otras mujeres no identificadas, con intención de ofender los sentimientos religiosos de los ahí presentes y del colectivo católico invadieron el espacio destinado al altar" de la capilla del campus universitario de Somosaguas (Madrid). Allí, Maestre "se quitó la camiseta, quedándose en sujetador, y otras mujeres se desnudaron de cintura para arriba, dándose dos mujeres un beso en la boca, tras lo cual se dirigieron fuera de la capilla gritando 'Vamos a quemar la conferencia episcopal', 'Menos rosarios y más bolas chinas', 'Contra el vaticano, poder clitoriano', 'Sacad vuestros rosarios de nuestros ovarios", añade la sentencia.

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Maestre defendió durante el juicio que la suya fue "una protesta pacífica y legítima" y que sigue estando de acuerdo con esa forma de defender sus ideas. "Un torso desnudo no tiene por qué ser ofensivo", aseguró. Sin embargo, también pidió disculpas a todos los católicos por lo ocurrido aquel día. De hecho, el propio arzobispo de Madrid, Carlos Osoro, disculpó hace un mes Maestre, porque "a una edad" se hacen cosas que después se ve que "no debieran hacerse así"; la concejal tenía 22 años en marzo de 2011.

"Consciente del lugar en el que se encontraba"

Sin embargo, la sentencia del juzgado de lo Penal número 6 de Madrid considera que la acusada "era consciente del lugar en el que se encontraba y el contexto de la ridiculización de la postura de la Iglesia católica realizaron actos vejatorios y ofensivos, atentatorios al debido respecto al altar y su significado, y con tales actos se infiere una clara intención de ofender o menospreciar los sentimientos religiosos".

Por eso "atendiendo a parámetros en atención a los fines de reeducación, reinserción y rehabilitación que entraña toda pena, el juzgador estima procedente imponer la pena alternativa de multa como la más adecuada y proporcional". La juez ha decidido aplicar la cuota de multa de 12 euros (podrían haber llegado hasta 400), teniendo en cuenta el patrimonio y los ingresos de Maestre, explica la sentencia.

El caso ha indignado a muchas personas que han señalado la politización de un hecho sucedido hace cinco años. La acusación la ejercen el partido de extrema derecha Alternativa Española y el Centro Jurídico Tomás Moro."Esta sentencia servirá para concienciar a la ciudadanía sobre la necesidad de respetar al que piensa o siente diferente", ha dicho en un comunicado en centro Tomás Moro.

Maestre no leyó ningún manifiesto

Durante el juicio no se ha acreditado que "Rita Maestre leyera un manifiesto en contra de la postura oficial de la Iglesia respecto a la mujer, ni tampoco que gritara expresiones ofensivas ni que portara cartel alguno", y, por eso, protesta en una nota el abogado de la concejal, Gonzalo Martínez-Fresneda, no se entiende que la juez haya achacado a la acusada la culpa de todos. Este es el primero de los argumentos por los que la defensa de la portavoz municipal va a recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial (tienen 10 días para hacerlo). 

Además, el abogado cuestiona que rodear un altar para leer un manifiesto constituya un acto de profanación del propio altar -"que no fue tocado ni afectado en todo el acto", insiste la nota- y que quedarse en sujetador pueda ser ofensivo dependiendo del contexto. La sentencia "insiste, de forma completamente inmotivada, en que habiéndose realizado en el interior de una capilla, la protesta es delictiva", añade el comunicado.

La pregunta ahora es cuál será el futuro político de la concejal y portavoz del Ayuntamiento de Madrid. Maestre dijo en su día que, llegado el momento, se valoraría "en equipo".

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Sobre la firma

J. A. Aunión
Reportero de El País Semanal. Especializado en información educativa durante más de una década, también ha trabajado para las secciones de Local-Madrid, Reportajes, Cultura y EL PAÍS_LAB, el equipo del diario dedicado a experimentar con nuevos formatos.

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