Botella concedió a Coca-Cola un anuncio en las Campanadas sin contrato y por sólo 82.200 euros
La Asesoría Jurídica municipal y la Intervención emitieron informes en contra de este convenio en exclusividad
El Ayuntamiento de Madrid, gobernado entonces por Ana Botella (Partido Popular), firmó un convenio en diciembre de 2014 con una empresa de publicidad para que Coca-Cola pudiera proyectar un anuncio de cinco minutos en la Puerta del Sol durante las Campanadas de Nochevieja de ese año. A cambio, el Ayuntamiento recibió dos coches y material diverso valorado en 82.200 euros. Se hizo así pese a dos informes en contra, de la asesoría jurídica municipal y de la Intervención General, que coincidieron en señalar que debería haberse licitado un contrato con varias ofertas, en lugar de firmarse un convenio para evitar esa libre concurrencia y poder adjudicar el evento a dedo.
Además, en ningún momento se cuantificó el valor de esos cinco minutos de publicidad durante las campanadas (retransmitidos por todas las televisiones), de forma que no hubo manera de saber si equivalía a los 82.200 euros en los que se valoraron, también sin memoria justificativa, los coches y material entregados a cambio. “Pasan muchos elefantes por delante de la puerta y no hay ningún interés en aclararlo”, ha amonestado el concejal de Hacienda, Carlos Sánchez Mato, al Partido Popular tras hacer pública la documentación sobre este caso.
El Ayuntamiento firmó el 30 de diciembre de 2014 un “convenio de colaboración” con Hawork Studio Art para que esta empresa organizara un evento publicitario de Coca-Cola en las campanadas de Nochevieja. En concreto, lo rubricó Enrique Núñez, entonces concejal de Seguridad y ahora diputado regional. La actividad consistía en “crear un espacio audiovisual interactivo con los asistentes a las campanadas” en la Puerta del Sol, proyectando para ello un vídeo sobre un área de 200 metros cuadrados de la plaza. En ese vídeo, de carácter netamente publicitario, se incluirían “imágenes relacionadas con la seguridad ciudadana durante la Nochevieja”.
A cambio, Hawork se comprometía a aportar al Ayuntamiento dos vehículos Dacia Lodgy de 85 caballos (que se destinarían a la Policía Municipal); material para tres coches patrulla; dos Segway; y un dispositivo médico para su uso en una ambulancia municipal. El 25 de mayo se acordó modificar el modelo de los dos vehículos aportados al Ayuntamiento por unos ligeramente mejores “al no haber disponibilidad” de los comprometidos en un principio (se pasa a dos Dacia Lodgy de 115 caballos).
La memoria justificativa municipal explicaba la naturaleza del convenio: el Ayuntamiento planeaba proyectar sobre la fachada de la Casa de Correos, sede del Gobierno regional y del reloj de las campanadas, una serie de mensajes de seguridad. La empresa Hawork le ofreció “otra actividad absolutamente compatible”, que consistía en una proyección de vídeo mucho más ambiciosa de Coca-Cola. Los mensajes de seguridad terminaron así proyectándose junto a la publicidad de la marca de refrescos.
A cambio, Hawork aportaba un pago en especie, que según esta memoria, firmada el 5 de diciembre, consistía en no dos sino cuatro coches (de 85 caballos), y dos Segway. En total, se cifraba esa aportación en 82.200 euros.
La asesoría jurídica del Ayuntamiento emitió un informe, el 15 de diciembre, en el que expresaba sus “dudas” sobre este convenio. La principal objeción jurídica radicaba en que se firmara un convenio aparentemente en exclusividad, sin respetar pues el principio de concurrencia de los contratos administrativos. Es decir, se encargó a la empresa la organización del evento mediante un convenio sin justificar por qué no se sacaba a concurso para que otras pudieran presentar sus ofertas. “Si va a suponer publicidad para la entidad privada, debe tenerse en cuenta que tal beneficio sería sumamente importante, si se tiene en cuenta la fecha del evento”, añadía la asesoría jurídica.
Dado que el Ayuntamiento iba a recibir bienes a cambio de la publicidad, se entraba “en el terreno del contrato, no del convenio, lo que implicaría que la Administración tendría que actuar los cauces previstos para la contratación administrativa, entre ellos, salir al mercado, abriendo la concurrencia”.
La Intervención General emitió también un informe desfavorable del 23 de diciembre por motivos similares: “el negocio tiene una naturaleza de índole contractual” porque no es un evento “desinteresado” sino publicitario, con una contraprestación valorada en 82.200 euros. Por tanto, “debería someterse a concurrencia”.
La publicidad de Coca-Cola no aparecía además “cuantificada ni valorada”, “de manera que no puede desprenderse si existe equivalencia entre las prestaciones”; es decir, si los 82.200 euros en los que se valoró la aportación se correspondían con lo que valía proyectar un vídeo publicitario de cinco minutos en la Puerta del Sol en las campanadas de Nochevieja.
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