Sustituyen la pena de cinco años aun inmigrante ilegal por su expulsión
Fue condenado por apuñalar a un hombre Bilbao
Un inmigrante, que se encontraba en situación irregular en Bilbao, ha sido condenado a su expulsión de territorio español por 10 años, en sustitución de la pena de cinco años que se le había impuesto como autor de un intento de homicidio cometido el 12 de marzo de 2014 en las inmediaciones de un bar de la calle Dos de Mayo de la capital vizcaína, según la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Bizkaia.
El fiscal, que solicitó en un principio una condena de ocho años de prisión, inhabilitación especial y una indemnización de 6.340 euros, en el inicio del juicio modificó sus conclusiones provisionales y reclamó la imposición de cinco años de prisión y la sustitución de esta pena por su expulsión de territorio español por un periodo de 10 años. La defensa del procesado se mostró conforme con la petición del ministerio público.
Los hechos por los que se juzgó al acusado, nacido en Tánger (Marruecos) hace 40 años, ocurrieron sobre las 19.55 horas del 12 de marzo del pasado año, cuando éste se encontraba en situación administrativa irregular. El procesado, que no tiene antecedentes penales, se hallaba en las inmediaciones de un bar de la calle Dos de Mayo de Bilbao y, con la intención de acabar con la vida de un hombre, le clavó varias veces un cuchillo en la zona del costado izquierdo y del abdomen.
La víctima sufrió tres heridas inciso-punzantes en el abdomen, dos en el hipocondrio izquierdo y otra en el flanco izquierdo de dos centímetros de longitud, una herida en la cara posterior del hemitórax izquierdo y otra en la axila izquierda.
Las lesiones requirieron tratamiento médico, quirúrgico y rehabilitador y fue preciso un total de 55 días para su curación, 18 de los cuales el agredido estuvo hospitalizado y el resto no pudo dedicarse a sus quehaceres habituales.
Por ello, la Audiencia vizcaína condena al acusado a cinco años de prisión, inhabilitación espacial y el pago de 6.340 euros de indenmización.
Tal como establecía el acuerdo alcanzado entre el fiscal y la defensa, se sustituye esta pena por la medida de expulsión del territorio por un periodo de 10 años. Hasta entonces, el encausado seguirá en situación de prisión provisional.
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