Fiscalía recurre el envío a la Audiencia de la rama valenciana de Gürtel
Anticorrupción considera que las seis piezas de Valencia forman un solo caso
La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido la decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana de enviar a la Audiencia Nacional la rama valenciana del caso Gürtel. Los magistrados del TSJ consideraron que ya no eran competentes para proseguir la investigación al no quedar aforados en ninguna de las piezas separadas que componen la vertiente valenciana del caso, después de que en enero dimitieran los últimos diputados imputados. Además del ministerio público, ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo Vicente Farnós, exresponsable de Castelló Cultural y exconsejero de Sanidad, que se enfrenta a una petición de cuatro años y siete meses de cárcel por parte de la Fiscalía.
El ministerio público defiende que todas las piezas de la rama valenciana de Gürtel forman un único procedimiento que debe ser juzgado por un mismo órgano judicial. Y puesto que una de las piezas, la de las adjudicaciones presuntamente amañadas de la feria Fitur, se empezará a juzgar el 31 de marzo en el TSJ, entiende que las otras cinco deben permanecer también en este tribunal. Anticorrupción ya presentó un recurso similar el año pasado que fue atendido.
Hasta que el alto tribunal se pronuncie, el procedimiento permanece prácticamente detenido. El TSJ rechazó este lunes en ese sentido, mediante un auto, el sobreseimiento solicitado por dos implicados en la pieza separada sobre la visita del Papa. La petición había sido formulado por el exresponsable de Ràdio Televisió Valenciana Víctor Llanes y el técnico Luis Sabater, a quien la Policía exculpó en uno de sus últimos informes.
El juez José Ceres desestima las solicitudes indicando que se producen cuando el procedimiento “se encuentra pendiente de pronunciamiento de la Sala sobre la continuación de la competencia para la investigación de los hechos, y además, existen peticiones previas de práctica de diligencias cuyo pronunciamiento se ha aplazado por dicha circunstancia”.
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