La ayuda de 426 euros a los parados podría beneficiar a 9.000 vascos
El Gobierno de Urkullu presentará un recurso ante el Tribunal Constitucional por entender que quien debe tramitarla es Lanbide
El Gobierno central ha autorizado este viernes un crédito extraordinario de 1.030 millones para financiar la ayuda de 426 euros al mes a parados de larga duración con responsabilidades familiares y que hayan agotado todas las prestaciones, a la que se podrían acoger unos 9.000 vascos.
En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que la financiación de estas ayudas se hace a cargo del Servicio Público de Empleo Estatal y las comunidades autónomas, que tienen que hacer frente a las acciones de inserción, incluidas en el programa.
El programa es fruto del acuerdo alcanzado con los interlocutores sociales y la colaboración con las comunidades autónomas, competentes en materia de políticas activas, según el Gobierno.
Sin embargo, el Ejecutivo vasco ya ha dicho que no está de acuerdo con la gestión centralizada de esta ayuda y su pago, y presentará un recurso ante el Tribunal Constitucional, ya que entiende que quien debe tramitarla es Lanbide (Servicio Vasco de Empleo) porque se trata de una materia incluida en las Políticas Activas de Empleo.
En cuanto a su financiación, el Gobierno vasco sostiene que ésta debe acordarse con el Ejecutivo central mediante el sistema del Concierto Económico, es decir, minorando del Cupo que Euskadi paga al Estado una cantidad estimada de entre 62,4 y 74,9 millones de euros para su financiación.
El Gobierno vasco prevé que en Euskadi habrá pocos parados que soliciten esta ayuda, ya que la cuantía de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) es superior y los requisitos para acceder a una y otra prestación son los mismos.
El cobro de las dos ayudas al mismo tiempo es incompatible, por lo que los parados vascos deberán elegir entre una y otra. La nueva ayuda de 426 euros se puede solicitar desde el pasado 15 de enero y hasta el 15 de abril de 2016.
Quienes la perciban podrán cobrarla durante un período máximo de seis meses, si bien las acciones de inserción previstas en el programa pueden continuar con posterioridad a ese plazo. La cuantía de la ayuda será igual al 80 % del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento.
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