Archivan por tercera vez el caso del presunto espionaje político
La magistrada entiende que no se han concretado los "indicios iniciales" de presuntos delitos de malversación y ánimo de lucro
La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid, Carmen Valcarce, ha decretado el sobreseimiento provisional del caso del presunto espionaje político en Madrid, como le había pedido la Fiscalía, lo que supone el tercer archivo de este caso desde su inicio. La magistrada entiende que no se han concretado los "indicios iniciales" de presuntos delitos de malversación y ánimo de lucro
Supuestamente entre abril y mayo de 2008 cuatro asesores de seguridad fichados a dedo por el Gobierno de Esperanza Aguirre siguieron los movimientos del entonces consejero de Justicia, Alfredo Prada, y en menor medida del vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo. Para este seguimiento de su actividad oficial y su vida privada se les había acusado de utilizar dinero público.
Los imputados en este caso son los funcionarios Sergio Gamón Serrano, José Oreja Sánchez, José Luis Caro Vinagre y Antonio Coronado Martínez, que negaron en sus declaraciones haber realizado seguimientos.
El juzgado asegura que "la única prueba consistente respecto a los seguimientos son las hojas, mecanografiadas en su totalidad a excepción de breves notas, fundamentalmente números de coches escritas a mano en ellas". En el caso de las escuchas telefónicas, argumenta la magistrada que investigar es un "trabajo arduo" porque casi todos los seguimientos son en Madrid capital, donde hay proliferación de antenas que "dificultan enormemente el análisis". "Ello implica la dificultad para ubicar a alguno de los imputados en las zonas donde, según las notas, se encontraban haciendo los seguimientos, generando una duda muy razonable sobre la fiabilidad de los posicionamientos".
En marzo de 2011, la sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid había ordenado reabrir este caso, a raíz de un recurso del PSM, al estimar que había "indicios suficientes" de la comisión de delito de malversación de caudales públicos. Esta decisión anulaba un auto de sobreseimiento dictado en julio de 2010 por la magistrada.
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