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TSJPV confirma la expulsión de un extranjero condenado a tres años

El inmigrante está empadronado en distintas localidad españolas desde hace 15 años pero carece de permiso de residencia

Basauri -

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la orden de expulsión del país, por un periodo de 10 años, para un ciudadano extranjero residente en Bizkaia, condenado a una pena de prisión de tres años. La sentencia confirma un fallo dictado el 14 de octubre de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso número 5 de Bilbao, que rechazó el recurso presentado en septiembre de 2009 por la subdelegación del Gobierno en Bizkaia, que decretó la orden de expulsión para este hombre.

El inmigrante, que entró en España en 1980, se empadronó hace más de 15 años en distintas localidades españolas en las que residió. El hombre disponía de permiso de conducir y tarjeta sanitaria, aunque carecía de permiso de residencia permanente.

En julio de 2009, fue internado en la prisión de Basauri para cumplir una condena de tres años impuesta por la Audiencia Provincial de Bizkaia. Su ingreso llevó a la subdelegación del Gobierno a iniciar un expediente de expulsión en cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2009, que determina esta medida para los extranjeros que hayan sido condenados, dentro o fuera de España, por "una conducta dolosa" a una pena de cárcel de más de un año.

En su recurso, la defensa alegó que el tribunal debía tener en cuenta el hecho de que el condenado fuera "residente de larga duración" y los vínculos creados con su país de acogida, donde había trabajado en varias empresas y cotizado a la Seguridad Social Seguridad Social 1.788 días.

El TSJPV, sin embargo, ha rechazado este recurso, al entender que esta circunstancia no puede ser tenida en cuenta en este caso, dado que este hombre carecía de autorización de residencia de larga duración o permanente "por lo que no podía ser aplicado al apelante el régimen especial previsto para los residentes de larga duración".

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