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Interior, obligado a pagar a un 'mosso' castigado por criticar a Manel Prat

El juez obliga a que le paguen el mes de sueldo al que le sancionaron por llamar mentiroso al exdirector de la policía

Alfonso L. Congostrina

El Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Lleida ha obligado al Departament de Interior de la Generalitat a devolver a un mosso d'esquadra el mes de empleo y sueldo al que le castigó después de publicar en un diario de Lleida una carta donde acusaba de mentir al entonces director de los Mossos d'Esquadra, Manel Prat.

La carta publicada por el diario Segre el 29 de diciembre de 2011 está firmada por el vicepresidente del sindicato de mossos USPAC, Josep Ramon Sanahuja. En la misiva el agente tildaba de demagogo a Prats insinuando que no le importaban “las personas que forman parte de un cuerpo policial ni nuestra seguridad”. Sanahuja también tildaba de hipócrita al director de la Policía de Cataluña por asegurar que el seguro de los agentes es “suficiente”.

La publicación de esa carta tuvo sus consecuencias. Interior castigó al líder sindical al considerar que había incurrido en la comisión de una falta grave de la ley que regula el cuerpo autonómico. Se le castigo a un mes sin empleo y sin sueldo al considerar que había cometido “actos y conductas que atentan contra la dignidad de los funcionarios, contra la imagen del Cuerpo y contra el prestigio y la consideración debidos a la Generalidad”.

El agente presentó la demanda alegando que se había vulnerado su derecho de defensa, no se habían respetado sus derechos fundamentales de libertad de expresión y libertad sindical… entre otras.

El juez del Juzgado contencioso-administrativo número 1 de Lleida ha declarado nula la decisión del Departament de Interior después de considerar que se aplicó la sanción sin haber seguido todos los procedimientos. El mosso sancionado era un representante sindical y al tener esa condición la Dirección General de Policía, según el juez, debía haber solicitado un informe al Consejo de la Policía. Este organismo está compuesto por miembros de los diferentes sindicatos y otros representantes del departamento del interior. El informe ya sea favorable o desfavorable, asegura la sentencia, no es vinculante para para que Interior castigara al agente pero el no haber solicitado ese documento “supone la omisión de un trámite esencial, preceptivo y determinante en su tramitación”. El juez ha obligado a Interior a devolver el mes de empleo y sueldo al agente.

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