Los municipios evaluarán el impacto de los planes urbanísticos en la salud
Un decreto regula la incidencia de las actividades industriales en los ciudadanos
El planeamiento de las ciudades y las industrias e instalaciones energéticas situadas a menos de mil metros de un núcleo poblacional necesitarán, a partir de mediados del próximo año, de un informe sobre su incidencia en la salud de los ciudadanos. El Consejo de Gobierno aprobó este martes un decreto que establece la obligatoriedad de elaborar un informe en este tipo de proyectos sobre el impacto que esa actividad provocará en sus vecinos.
“Esta norma, la primera que se aprueba en España, está prevista en la Ley de Salud Pública de Andalucía de 2011 y se basa en los estudios que atribuyen al estilo de vida y a los factores ambientales más del 40% de las causas de las enfermedades en los países desarrollados”, explicó este martes José Vela, jefe del Servicio de Salud Ambiental de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
Está previsto que el decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) en enero de 2015 y entrará en vigor seis meses después de su publicación, aunque no afectará a las industrias que ya están en funcionamiento ni a los planeamientos urbanísticos que están actualmente en trámites de aprobación.
La norma afecta a los proyectos que estén cerca de núcleos urbanos
“El verdadero valor añadido del Informe de Evaluación de Impacto en Salud es su aplicación a los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU). Aunque hasta ahora nunca se había tenido en cuenta, una planificación urbana sostenible tiene muchas ventajas para la salud. Con esta herramienta se podrá reformular la planificación de forma que se sitúe la salud y el bienestar de la población como uno de los ejes conductores de todo desarrollo urbano, creando entornos que favorezcan los hábitos y estilos de vida saludables, el contacto humano y la minimización de la exposición a la contaminación atmosférica en nuestras ciudades. Con este instrumento podrá evitarse conflictos como el ocurrido este año en Burgos en el barrio de Gamonal”, apunta Vela.
Además de los PGOU, el informe sobre el impacto en la salud será obligatorio para actividades como las centrales térmicas, las industrias de transformación de metales o del sector agroalimentario como almazaras, centrales lecheras o mataderos y, también, crematorios. Siempre que sus promotores aspiren a ubicarlos a menos de un kilómetro de un núcleo urbano.
Además, el próximo jueves entra en vigor la nueva Ley Estatal de Evaluación Ambiental, que exige entre otras cosas que todo estudio de impacto ambiental debe evaluar los efectos previsibles del proyecto sobre la población y sobre la salud humana.
La metodología, según la Consejería de Salud, será similar a la que se sigue para la elaboración de los informes de impacto ambiental, un trámite también obligatorio. La responsabilidad del análisis del impacto la tiene el promotor y la Administración sanitaria tendrá la responsabilidad de evaluar el informe. “Se trata de actuar sobre un proyecto, no de imponerle medidas a una fábrica que ya está en funcionamiento”, asegura el responsable del Servicio de Salud Ambiental.
“No consiste en incorporar nuevos trámites, sino en realizar un informe previo con el que podremos maximizar los efectos beneficiosos de esa actividad y minimizar los perjudiciales; siempre estamos hablando de hacerlo sobre un proyecto; con lo cual las modificaciones no supondrían apenas costes añadidos”, aclara José Vela.
Cuando el decreto se publique en el BOJA, en un anexo aparecerá un listado de actividades a las que se les exigirá este nuevo requisito antes de emprender su actividad. Entre ellas las refinerías de petróleo, las centrales de producción eléctrica, las empresas de fundición de metales ferrosos con una capacidad de producción de más de 20 toneladas por día o las centrales lecheras que traten más de 200 toneladas de leche diarias.
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